La nueva prórroga se produce en un momento cuando aumentan las tensiones políticas con Estados Unidos, cuyo gobierno mantiene un amplio despliegue militar en el Caribe
El Ejecutivo venezolano optó por prolongar el estado de emergencia económica por 60 días, una decisión que otorga al gobierno la potestad de implementar medidas extraordinarias en los ámbitos económico, financiero y social, buscando mitigar los desafíos que plantea el panorama actual.
La medida se fundamenta en la necesidad de mantener la capacidad de acción inmediata para abordar la situación que afecta al país. La nueva prórroga se produce en un momento cuando aumentan las tensiones políticas con Estados Unidos, cuyo gobierno mantiene un amplio despliegue militar en el Caribe.
Una de las principales atribuciones es la capacidad de dictar regulaciones excepcionales y transitorias que resulten necesarias para restablecer los equilibrios económicos y proteger los derechos de la población.
El decreto también faculta a las autoridades a suspender, con carácter general, la aplicación y cobro de tributos nacionales, estatales y municipales, así como de los trámites administrativos relacionados, a fin de proteger el aparato productivo nacional.
En materia de recursos, el Ejecutivo puede concentrar en el Tesoro Nacional la recaudación de las tasas y contribuciones especiales creadas por leyes y redireccionar los recursos disponibles de todos los fondos existentes.
Adicionalmente, se establece la potestad de establecer mecanismos extraordinarios para combatir la evasión y elusión fiscal. También, el gobierno queda autorizado a suspender la aplicación de las exenciones de tributos nacionales y proceder a su recaudación.
Para favorecer la producción local, se podrá establecer mecanismos y porcentajes de compra obligatoria de la producción nacional, para favorecer la sustitución de importaciones.
Otro objetivo crucial es adoptar todas las medidas necesarias para estimular la inversión nacional e internacional en beneficio del desarrollo del aparato productivo, así como las exportaciones de rubros no tradicionales, como mecanismo para la generación de nuevas fuentes de empleo, divisas e ingresos.
En el ámbito de las finanzas públicas, el decreto permite autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional y otras fuentes de financiamiento que no estén previstas en el presupuesto anual.
Además, se autoriza a dictar las normas que, excepcionalmente y sin sometimiento alguno a otro Poder Público, autoricen las operaciones de crédito público, sus reprogramaciones y complementos que no estén previstos en la Ley Especial de Endeudamiento, así como las que permitan ampliar los montos máximos deendeudamiento que pueda contraer la República.
El Artículo 3 de la norma subraya la magnitud de la emergencia, señalando que «sin menoscabo de lo señalado en el artículo anterior, se suspende por el periodo que dure la emergencia económica la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica, financiera y monetaria».
Finalmente, esta prórroga faculta al presidente a «dictar otras medidas de orden social, económico o político que estime convenientes a las circunstancias para la estabilidad económica y social del país frente a la situación mundial»













