Fijar el margen máximo de ganancia busca poner freno a la inflación

Fijar el margen máximo de ganancia busca poner freno a la inflación

Aunque a simple vista el objetivo de la nueva Ley Orgánica de Precios Justos es básicamente consolidar los esfuerzos del Gobierno nacional por regular los precios de bienes y servicios, la promesa cumplida de dejar sentado en el texto legal el tope máximo de las ganancias parece tener un fin de mayor alcance: contener los embates de una inflación que el año pasado duplicó los pronósticos oficiales.

 

Al menos eso estiman algunos analistas consultados, para quienes si bien el carácter multidisciplinario de la ley deja por sentado su esencia controladora, el artículo 32 revela la intencionalidad de poner el cascabel al gato.

 

En efecto, el referido artículo no solo establece que el margen de ganancia de “cada actor de la cadena de comercialización” no podrá exceder de los “30 puntos porcentuales de la estructura de costo del bien y servicio”, sino que determina que este margen será establecido anualmente.

 

Esto significa que tras la determinación del margen de ganancia para un producto, durante un año sus fabricantes y distribuidores tendrán una camisa de fuerza que impedirá obtener una utilidad distinta a la determinada por las autoridades, lo que deja sin efecto cualquier posible aumento de precio final.

 

“Así se mantiene el precio anclado por un año y con ello se regula en parte la inflación”, afirma el abogado y experto en temas regulatorios Juan Manuel Rafalli, quien estima de suma trascendencia que la anualidad haya sido introducida en la ley.

 

Aunque comparte el criterio de Rafalli en cuanto al intento de control, el economista Asdrúbal Oliveros cree que este mecanismo es poco efectivo para poner coto a la inflación.

 

“Es una forma muy deficiente de control, pues si bien es cierto que en un principio se puede frenar la subida de precios, con el pasar de los meses esto deviene en escasez. Es exactamente el esquema que se aplicó con la Ley de Costos y Precios Justos, que terminó provocando la escasez que estamos viviendo”, dice Oliveros.

 

Costos pero no gastos

 

El incluir la frase “estructura de costo” es para los analistas decisivo para la real estimación de la utilidad obtenida por productores y comerciantes, pues se deja por sentado que serán tomados en cuenta solo los costos operativos en el proceso de manufactura, dejando por fuera gastos relacionados. “Impuestos, publicidad, movilizaciones, depreciación y hasta devaluación son gastos que no serán contemplados dentro de la estructura de costo, por lo que el margen de utilidad será mucho menor al 30% establecido en la ley”, afirma Rafalli.

 

Fuente: Emen

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