Sánchez Falcón: “El poder constituyente puede acortar este período presidencial”

Sánchez Falcón: “El poder constituyente puede acortar este período presidencial”

 

El abogado constitucionalista estima que la bancada opositora está facultada para evitar que la Sala Constitucional sustituya al parlamento

 

 

“Los diputados electos por Amazonas ocuparán sus curules”, vaticina 
¿Considera usted que la decisión del TSJ que dicta la vigencia del decreto de emergencia económica pasando por encima de la AN es un golpe de Estado?

 

 

–Es un atentado contra la voluntad popular y un desconocimiento de la representación nacional conformada por la Asamblea Nacional. Esta decisión anula un acto de la AN, sin darle las posibilidades a uno de sus representantes de defenderlo. Utilizaron en la Sala Constitucional un recurso de interpretación para anular un acto del parlamento.

 

 

–¿Es irreversible esta situación?

 

 

–Sí, por la situación política del país, que no ofrece una salida jurídica. Habría que recurrir de nuevo a la Sala Constitucional, pero esta se ha convertido en un operador político.

 

 

–La oposición propone una enmienda de la Constitución para acortar el período del mandato de Maduro. Si tomamos en cuenta que las leyes no son retroactivas, ¿es eso legalmente posible?

 

 

–Frente al poder constituyente no hay retroactividad si este así lo decide.

 

 

–Si se llegase a modificar la Constitución, ¿el recorte sería para el próximo presidente y no para Maduro, que fue electo bajo la actual Constitución, la cual plantea los seis años ininterrumpidamente?

 

 

–Si así lo decide el constituyente, será válido también para Maduro.

 

 

–¿La prioridad del nuevo parlamento?

 

 

–La amnistía para liberar a los presos políticos, la disciplina fiscal para detener el desorden en el manejo de los fondos públicos y desmontar ese cocktail mortal representado por la política penitenciaria mezclada con las zonas de justicia y paz.

 

 

–¿Por qué el Gobierno le teme a la Ley de Amnistía?

 

 

–Porque desnuda su talante autocrático. Cada uno de los casos que serán amnistiados evidenciará cómo se utilizó la justicia para reprimir a la disidencia.

 

 

–Pese al artículo 214 de la Constitución, Maduro ha dicho que no va a liberar a los presos políticos…

 

 

–También ha dicho que abatirá la inflación, le torcerá el brazo al dólar paralelo y someterá a la delincuencia. Ya su debilidad es inocultable.

 

 

–¿Tendrá trabas una ley para la descentralización?

 

 

–Cumplir con lo previsto en la Constitución, en particular con los artículos 165 y 184 para descentralizar hacia los estados, los municipios, las comunidades y grupos vecinales; y no desviar lo que quiso el constituyente, con la estafa de las comunas que solo operan como unidades de agitación de militantes, coordinadas por el Ministerio de las Comunas actuando como la Secretaría de Organización del Psuv. Esto último lo evidencia el programa “Comuna o nada”.

 

 

Facultades y deberes

 

 

–¿Qué puede y qué no puede hacer la mayoría calificada ante el TSJ?

 

 

–Puede modificar la Ley Orgánica que lo rige, a fin de acotar las competencias que constitucionalmente tiene atribuidas y así evitar, por ejemplo, que la Sala Constitucional sustituya al poder constituyente o al Poder Legislativo. Por otro lado, no puede desconocer las competencias que la Constitución le atribuye al Tribunal Supremo de Justicia.

 

 

–¿Qué será de la Ley de Comunas?

 

 

–Podría ser modificada para reformular a las comunas y convertirlas de entidades públicas locales inconstitucionales, que ni siquiera respetan los límites de las entidades locales y estadales, en verdaderas organizaciones de la comunidad y de los grupos vecinales.

 

 

–¿Removerán a los magistrados del TSJ?

 

 

–Creo que no hay alternativas ante la gravedad de lo encontrado por la comisión de parlamentarios que estudia la situación. Aunque, respetando el debido proceso, lo apropiado sería señalar que se “dejarán sin efecto sus nombramientos”. Las comillas serán perfectamente entendidas por quienes conocen lo que ha sucedido en el Poder Judicial en los tiempos del fascizquierdismo.

 

 

–¿El destino de los diputados del Amazonas suspendidos?

 

 

–Indudablemente, su reincorporación a la Asamblea Nacional respetando lo decidido por el pueblo de esa entidad.

 

 

–¿Se auditarán finalmente a los entes del Estado?

 

 

–Auditar financieramente una organización es preguntar a los funcionarios responsables ¿Cuántos recursos recibieron? ¿En qué los utilizaron? y ¿cómo rindieron cuenta de su utilización? Esto será siempre posible. La figura de lo inauditable no existe sino para quien no quiere rendir cuentas y para quienes lo apoyan.

 

 

–¿Por qué los funcionarios se niegan a ser interpelados?

 

 

–Porque temen a las preguntas que no saben o no pueden responder. De acuerdo al artículo 223 de la Constitución todos los funcionarios públicos están obligados, bajo las sanciones que establezcan las leyes, a comparecer ante las Comisiones de la Asamblea Nacional y a suministrarles las informaciones y documentos que requieran para el cumplimiento de sus funciones. La Ley del Régimen de Comparecencia de Funcionarios Públicos ante la Asamblea establece las sanciones, que van, eventualmente, desde multas de trescientas Unidades Tributarias hasta el enjuiciamiento por contumacia, pasando por la remoción del cargo que ocupen.

 

 

–¿Hay que darle carácter de ley a las misiones?

 

 

–No. Es necesario convertir las misiones en políticas de Estado y llevarlas a cabo a través de los procedimientos normales de las administraciones públicas. Llevarlas a cabo de manera separada contribuye a que se perviertan y corrompan como ha ocurrido hasta ahora.

 

 

Minoría presidencial

 

 

–La revolución parlamentaria ha dicho sentirse amenazada ante la mayoría opositora…

 

 

–Amenazada no es la palabra. Consciente de que debe rendir cuenta de sus excesos y, cuando se proceda, puede ser enjuiciada por ello.

 

 

–¿Qué pasaría si Maduro no quiere firmar una ley?

 

 

–Nada. La firmarían el presidente y los vicepresidentes de la Asamblea Nacional, tal como lo estatuye el artículo 216 de la Constitución.

 

 

–¿Sobrevendrá una crisis de gobernabilidad?

 

 

–Si la declaratoria de inconstitucionalidad es arbitraria o jurídicamente infundada, ello daría lugar a una crisis política cuya solución debería ser también política. Creo que la mayoría democrática en la Asamblea ha dado muestras de estar preparada para ello.

 

 

–¿Se puede hablar de un posible golpe de Estado desde la AN?

 

 

–Que yo sepa, en la Asamblea Nacional no hay tropas, divisiones, tanques ni armas, que es lo que se requiere para dar un golpe de Estado.

 

 

–¿Podría el gobierno de Maduro disolver la nueva AN?

 

 

–No dentro del actual orden constitucional, pues supondría que la oposición se suicidara censurando y removiendo más de dos veces al vicepresidente propuesto por el presidente tal como lo establece el artículo 240 de la Constitución.

 

 

–¿Puede la mayoría calificada disolver el gobierno de Maduro?

 

 

–La mayoría calificada de la Asamblea Nacional tampoco puede disolver el Gobierno de Maduro. Pero el pueblo organizado si puede pedirle la renuncia, revocarle su mandato o recortar el período presidencial.

 

 

–¿La fórmula para evitar choques entre los poderes Legislativo y Ejecutivo?

 

 

–Más allá de las jurídicas no existen fórmulas para evitar el choque entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo. Existirán si, para resolver el choque, las que, políticamente, emerjan en cada caso.

 

 

De perfil
Enrique Sánchez Falcón nació en Propatria, Caracas, en 1943. Abogado egresado de la UCV, en 1965, realizó estudios de especialización en Ciencias Administrativas en las Universidades de Bolonia (1965-67) y de París (1970-72). Entre 1983 y 1985 trabajó en la Contraloría General, donde fue director de Averiguaciones Administrativas y director de Asesoría Jurídica. Es profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV; y en la Ucab.

 

Fuente: El tiempo.com.ve

Jolguer Rodríguez Costa

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