El derecho a la alimentación perdió toda garantía en Venezuela

El derecho a la alimentación perdió toda garantía en Venezuela

 

 

Uno de los derechos fundamentales del hombre, como lo es el derecho a la alimentación, se encuentra obstaculizado en el país en estos momentos debido a la situación de escasez, problemas de producción, distribución y excesivos controles que impiden la normal disponibilidad de alimentos.

 

 

Este no es un problema nuevo para los venezolanos, que ya tienen años haciendo colas y afrontando aumentos de precios en el rubro de alimentos y bebidas no alcohólicas que superan en demasía al resto de bienes y servicios de la canasta básica.

 

 

En 2015, este rubro registró una inflación de 315%, lo cual impacta en especial a las familias de menores recursos, que suelen destinar una mayor parte de sus ingresos a la adquisición de alimentos.

 

 

Y son justamente los más desposeídos de nuestra sociedad quienes no solo deben lidiar con los altos precios de la comida, sino que enfrentan cada vez mayores trabas burocráticas y operativas para adquirir estos artículos indispensables para su subsistencia.

 

 

Esta semana se reportó como en la ciudad de Guanare, capital de Portuguesa, se comenzará a expender alimentos de la cesta básica a partir de las tres de la tarde, a aquellas personas que hayan consignado su cédula de identidad antes de las ocho de la mañana, dando medio día de margen para la verificación de sus datos.

 

 

La decisión responde a un acuerdo entre la alcaldía de esta localidad y un grupo de comerciantes asiáticos.

 

 

Se trata de un requisito adicional para consumidores que ya están limitados a comprar productos como arroz, harina o caraotas un solo día de la semana de acuerdo con su número de cédula, a expensas de la disponibilidad que haya en los comercios y que deben hacer largas colas y colocar sus huellas en sistemas biométricos para comprar lo más elemental. Se puede afirmar lo anterior sin dejar de lado una situación similar en cuanto a los artículos de higiene y cuidado personal.

 

 

Legislación internacional

 

 

El derecho a la alimentación está clasificado universalmente como un derecho económico, y como tal está reconocido en el artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

 

En el hemisferio occidental, están protegidos por una legislación común bajo la Declaración Americana de la OEA de 1948. Venezuela, como integrante de esta organización regional, se incluye en la mencionada declaración.

 

 

La garantía sobre la alimentación implica la disponibilidad de alimento suficiente para toda la población, así como la posibilidad de que la población acceda a las fuentes alimenticias directamente o mediante el poder adquisitivo suficiente como para hacerlo.

 

 

Se debe garantizar de igual forma que las fuentes de alimentos sean duraderas y estables.

 

 

Lamentablemente, en Venezuela no se dan estas condiciones en la actualidad, por lo que gran parte de la población tiene vulnerado este derecho fundamental, cuyo resguardo corresponde al Estado como garante de las condiciones mínimas de vida para nuestra población.

 

 

En medio de una situación de crisis eléctrica, fallas en servicios públicos, alta inflación y desequilibrios macroeconómicos, a veces se pierde de vista algo tan básico como lo fundamental que es garantizar a la población el alimento necesario para sobrevivir.

 

 

La escasez crónica de alimentos, aunada al desabastecimiento de las medicinas, debe ser prioridad en la agenda oficial, y requiere soluciones urgentes para evitar que los problemas actuales desencadenen males mayores en lo inmediato.

 

 

bancaynegocios.com

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