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El caso de Milagros Mata Gil

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El caso de Milagros Mata Gil


 “A veces me despierto a medianoche, sudorosa y sedienta y entonces no sé, no puedo ubicarme en el momento preciso que estoy viviendo”, es la frase de inicio de El diario íntimo de Francisca Malabar, novela de Milagros Mata Gil. Esta frase recoge una de las pesadillas literarias que padecía la protagonista, la que podría ser pronunciada por cualquiera en esta zozobra permanente que significa vivir en la revolución bolivariana.

 

 

Pero la escritora ha sufrido un atropello que ha merecido a voz en cuello el repudio general y masivo, manifestado en las redes, al ser encarcelada, junto con su esposo, al amparo de la inconstitucional “Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia”. Esta “ley” de título ampuloso es producto de la ilegítima asamblea nacional constituyente, al igual que lo es el pretendido fiscal que dirigió su ataque contra la escritora de 70 años.

 

 

Resulta paradójico que quien ha usado el discurso político para fomentar el odio pretende regularlo por medio de la pretendida ley que debe llamarse, más bien, “ley del silencio”. Este instrumento es utilizado únicamente para perseguir a quien disienta del pensamiento único que se pretende imponer por quien maneja el poder. Pero ahora el “fiscal” del régimen lo usa para cobrar venganza personal por comentarios que siente que lo ofenden. Se trata de un artículo satírico que publicó Milagros Mata Gil en su muro de Facebook. No hay un asunto ideológico ni político involucrado. Es un capricho personal puro y duro, así como el abuso de poder llevado a su máxima expresión.

 

 

Seguramente el fiscal se molestó porque la crónica de la escritora, titulada “Fiesta mortal” destaca, con hábil sarcasmo, una fiesta rimbombante a la cual asistió el “poeta de la revolución” en plena pandemia. Mata Gil se refiere a hechos ocurridos y no negados. Distinta habría sido la situación si la escritora hubiese inventado los hechos para someter al fiscal a la burla pública.

 

 

El festín habría sido irrelevante si no fuese porque se violaron las reglas de la cuarentena impuestas por el gobierno al venezolano común. Pero los miembros de la nomenclatura viven bajo el manto de los privilegios y de la impunidad. Se pueden vacunar antes que los demás -sin respetar el orden de las prelaciones- y pueden asistir a fiestas pese a la prohibición impuesta.

 

 

De esa manera, los venezolanos de a pie han podido contrastar el conflicto entre el lenguaje que lanza la nomenclatura revolucionaria y lo que hacen en la vida real. Por ninguna parte hay una invitación al odio. Es una reseña social, cargada de humor y con la marca de la buena escritura. No se justifica privar de libertad a una venezolana de 70 años por escribir, como ocurre en este caso.

 

 

El atropello contra Milagros Mata Gil y su esposo sube de tono porque al día siguiente de su encarcelamiento fue puesta en libertad bajo el régimen de presentación y con prohibición de referirse al asunto tratado en su artículo Aquí surge otro atropello al violarle el derecho a la libertad de expresión y al libre tránsito, al quedar sometida a presentaciones, con los riesgos que eso entraña en personas de la tercera edad en tiempos de pandemia.

 

 

Aquí vale la pena considerar a la propia ley que se cita para perseguir a Mata Gil y a su esposo. En efecto, el artículo 4 de esta “ley” dice: “El Estado, las familias y la sociedad tienen el deber y derecho de promover una cultura y valores de paz, diversidad, tolerancia, igualdad, respeto mutuo y convivencia solidaria para prevenir y erradicar toda forma de violencia política, odio, discriminación e intolerancias, a los fines de asegurar la efectiva vigencia de los derechos humanos”.

 

 

Si el Estado tiene el deber de promover la “diversidad, la tolerancia, la igualdad, respeto mutuo y convivencia solidaria”, se debe dejar a Milagros Mata Gil y a su esposo en libertad plena, en forma inmediata. El régimen de presentación a que ha sido sometida es continuación de la violación de sus derechos humanos, y como tal debe ser denunciado ante las instancias internacionales.

 

 

Dejar en manos de burócratas intolerantes y sensibles a la crítica el poder que emana de la “ley contra el odio” es exponer a cualquier creador a ser privado de la libertad. Un poema de Yolanda Pantin, una novela de Ana Teresa Torres o un ensayo de María Fernanda Palacios las puede exponer a la aplicación de este inconstitucional instrumento para la represión.

 

 

Lo antes reseñado es una nueva evidencia de que el proyecto revolucionario es inconciliable con la Constitución y con la libertad. No hay Estado de Derecho sino un sistema en el que la libertad depende de la voluntad de un miembro de la nomenclatura o de un burócrata intolerante. El fiscal ilegítimo se ha convertido en una imagen de violación de derechos humanos y en un pesado fardo para Nicolás Maduro, quien haría bien en removerlo.

 

 

Lo acontecido con Milagros Mata Gil es una violación de la ética republicana. La “ley contra el odio” no es un motor para promover la tolerancia y la convivencia sino su contrafigura.

 

Editorial de El Nacional

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