El presidente Nicolás Maduro aprobó a través de la vía Habilitante la nueva Ley del Cestaticket Socialista para oficializar la modificación del beneficio alimentario.
La nueva ley fue creada a través del decreto presidencial N° 2.066, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.773 con fecha del 23 de octubre de 2015 que circula este lunes.
«Como beneficio para proteger y defender la capacidad adquisitiva de los trabajadores y trabajadoras en materia alimentaria, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades ocupacionales y propender a una mayor productividad laboral», señala en decreto con rango, valor y fuerza.
A través de la norma, se establece el pago de mínimo 1,5 Unidades Tributarias (UT) pudiendo percibir hasta 45 UT los trabajadores que cumplan servicio de dependencia en una empresa o ente público con más de 20 empleados.
Asimismo, queda estipulado a 30 días el cálculo del beneficio alimentario el cual entregará en vigencia a partir de este 26 de octubre de 2015.
En el artículo 11 de la ley se establece que deberá ser obligatorio la denominación del beneficio como «Cestaticket socialista» por lo que las empresas proveedoras deberán adecuar sus formatos de emisión de cupones o tarjetas.
Con la aprobación de esta ley, queda derogada la Ley de Alimentación publicada en la Gaceta Oficial N° 6.147, de fecha 17 de noviembre de 2014.
El Mundo.