A partir de este lunes, los votantes que resultaron seleccionados para prestar servicio electoral como integrantes de las juntas electorales y mesas de votación para el año 2015, pueden tramitar la solicitud de excepción a través de la página web del Consejo Nacional Electoral.
Publicada la lista de seleccionados desde este lunes comienzan a correr los diez días hábiles establecidos para solicitar la excepción del servicio electoral a través del banner Sistema Automatizado de Excepción al Servicio Electoral, reseñó el sitio web del CNE.
Los electores que no soliciten la excepción dentro del lapso previsto deberán prestar el servicio electoral que le asigne el Consejo Nacional Electoral.
De acuerdo con la normativa legal son causales e impedimentos de excepción para el cumplimento del Servicio Electoral, ser mayor de sesenta y cinco años de edad, prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio, tener alguna limitación física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes; ser candidata o candidato a cargos de elección popular o ejercer un cargo de dirección en una organización con fines políticos.
Quien haya resultado seleccionado para el servicio electoral y se niegue a desempeñar el cargo para el cual fue escogido o cumplir las tareas asignadas por el CNE, sin presentar la excepción correspondiente, podrá ser sancionado con multas equivalentes entre 15 y 50 unidades tributarias o arresto proporcional, a razón de un día de arresto por unidad tributaria, según determine la autoridad competente.
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