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Crisis humanitaria e inversiones

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Crisis humanitaria e inversiones



Venezuela vive una crisis humanitaria grave que constituye una acusación contra el proyecto chavista. Es la derrota de un modelo inviable caracterizado por la improvisación y por la enrevesada burocracia estatal. Esta tragedia debe generar un debate que trascienda lo político.

 

 

La respuesta del régimen a su fracaso es ofrecer una contradicción entre lo que ofrece y lo que hace. Por un lado, llaman a los inversionistas a invertir en nuestro país; y, por el otro, el ala ortodoxa -aquella que se quedó congelada en la época de la Unión Soviética y de la Guerra Fría- propone el Estado comunal y la construcción de una poderosa burocracia.

 

 

Los índices que buscan medir el ambiente para los negocios de los países ubican a Venezuela en los lugares más bajos, entre las economías de alto riesgo y menos amigables para las inversiones. Muy lejos de Nueva Zelanda, Singapur, Hong Kong y de los países escandinavos, que lideran estas mediciones. En el índice de Estado de Derecho (World Justice Project) estamos en el puesto 180 de 180 países; y en el de libertad económica (Heritage Foundation), el puesto es el 179 de 180. La ruina del país no es culpa de las sanciones que Estados Unidos y la Unión Europea le han impuesto al régimen de Maduro, pues el deterioro de las condiciones para la inversión privada comenzó mucho antes.

 

 

Venezuela no ascenderá en estos índices ni superará la emergencia humanitaria con la Ley Orgánica del Parlamento Comunal Nacional y con la Ley Orgánica de las Ciudades Comunales. Lejos de elaborar y promulgar estas leyes, lo que hay que hacer es dictar una ley marco de inversiones, a la cual debe amoldarse todo el plan legislativo nacional. Así lo propuso en esta página Ramón Escovar León en su artículo del pasado 16 de marzo (“El marco legal de las inversiones”).

Igualmente hay que prestar atención a las reformas de códigos que están en el ambiente. En este sentido el Código de Procedimiento Civil que se anuncia establece la participación en los procesos de “los amigos comunitarios del tribunal”, lo que sería la muerte del derecho procesal venezolano. Esta norma tiene la misma inspiración ideológica que el artículo 714 de la Ley de Procedimiento Civil, Administrativo y Laboral de Cuba que autoriza a los jueces a decidir como quieran cuando “así lo exigiere la legalidad socialista”. Venezuela pertenece a la tradición jurídica germano-romana, y la ley cubana no puede servir como referencia. Más bien hay que ver los modelos de Chile, Colombia y Costa Rica, por mencionar tres países de América Latina.

 

 

Asimismo, se debe controlar la burocracia, que constituye hoy el verdadero enemigo del Estado ¡Un registrador no puede tener más poder que el presidente de la república! Y si la jurisprudencia, la Ley del Banco Central y el Convenio Cambiario vigente permiten las operaciones inmobiliarias en moneda extranjera, los registradores y notarios no pueden oponerse a ellas.

 

 

Todo indica que el régimen tiene el ojo puesto en Vietnam y en Kazajstán, países de tradición comunista que han decidido abrirse a las inversiones. De esa manera pueden (o creen que pueden) sostener el modelo autoritario e imponer su hegemonía política. Sin embargo, el muy importante avance que han tenido Kazajstán y Vietnam, al mejorar su legislación para facilitar las inversiones, se ha traducido en una mejora en la calidad de vida de sus habitantes. En esto la ideología pasa a un segundo plano porque se guían por el pragmatismo.

 

 

La crisis humanitaria que vive Venezuela no se va resolver con un Estado comunal, sino que, más bien, se va a agravar. No hay otra opción que abrir las puertas a los inversionistas, para lo cual es fundamental un sistema legal claro, coherente y estable. Más que controles y Estado comunal, lo que se necesita para superar la crisis humanitaria son inversiones y libertad económica.

 

 

Se trata de un reto que va más allá del conflicto permanente que tiene ahogada a la sociedad venezolana.

 

 

Editorial de El Nacional

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