Tania D’ Amelio, rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE), recalcó por medio de las redes sociales que el Servicio Electoral es un deber de las venezolanas y venezolanos establecido en el artículo 134 de la Constitución. Aclaratoria que hizo camino al proceso constituyente que se realiza el 30 de julio.
La Ley Orgánica del Proceso Electoral desarrolla este deber, definiéndolo, estableciendo las funciones, las excepciones y sanciones. “Además la Lopre indica las causales de excepción, los lapsos para su interposición y sustanciación”.
El CNE abrió el lapso de Excepciones al Servicio Electoral, para lo cual el interesado debe entrar a http://www.cne.gob.ve/web/index.php
El Servicio Electoral es un deber de las venezolanas y venezolanos establecido en el artículo 134, de la Constitución.
— Tania D´amelio (@taniadamelio) 3 de julio de 2017
Art. 134 (…) «Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de conformidad con la ley».
— Tania D´amelio (@taniadamelio) 3 de julio de 2017
La Ley Orgánica del Proceso Electoral desarrolla este deber, definiéndolo, estableciendo las funciones, las excepciones y sanciones. pic.twitter.com/j1CLgOM9er
— Tania D´amelio (@taniadamelio) 3 de julio de 2017
Además, la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) indica las causales de excepción, los lapsos para su interposición y sustanciación. pic.twitter.com/YhtwDUXhvZ
— Tania D´amelio (@taniadamelio) 3 de julio de 2017
Unión Radio
Por Confirmado Massiel Bravo