La Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV) reafirma la legalidad de las pólizas con vigencia distinta a un año. Aseguran que los productos autorizados hasta la fecha con dichas características pueden ser perfectamente comercializados por las empresas.
“Siempre hemos actuado dentro del marco de la Ley. En la práctica existen y han existido desde hace muchos años, productos cuya vigencia es inferior a un año; por ejemplo, los seguros de transporte, así como las pólizas contratadas por el sector público para ajustarse al ejercicio presupuestario”, aseveró Alesia Rodríguez Pardo, presidenta ejecutiva de la CAV.
Según información difundida por la Cámara, la junta directiva sostuvo encuentro con el órgano regulador, quienes concluyeron la necesidad de ofrecer productos y servicios con plazos menores para el beneficio de los asegurados, incluyendo un procedimiento expedito que facilitaría las solicitudes de aprobación ante la Superintendencia.
«El pago menor a un año beneficia al asegurado, por cuanto los montos se pueden dividir, y ello ayuda a soportar la pérdida de su poder adquisitivo», sostuvo Rodríguez Pardo.
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