El Comisionado Presidencial para Relaciones Exteriores, Julio Borges, destacó el esfuerzo hecho por los principales partidos políticos democráticos del país para lograr la continuidad constitucional del Parlamento.
“Hoy se aprobó el nuevo Estatuto de la Transición para continuar la lucha por la democracia en Venezuela”, resaltó el alto funcionario del Gobierno Legítimo a través de su cuenta de Twitter.
Borges, se comprometió a no cesar en la lucha para que el Estatuto de Transición sea reconocido en todas las instancias. “Trabajaremos su aplicación con la comunidad internacional”.
No obstante, calificó como “grave” que la votación del Parlamento no haya sido unánime.
ESTATUTO DE TRANSICIÓN
El máximo representante de las Relaciones Exteriores del Gobierno Legítimo, resaltó los tweets hechos por Primero Justicia, que recopiló los principales cambios:
1. ELECCIONES LIBRES Y CAMBIO DEMOCRATICO: Se establece claramente que el objetivo es promover interna e internacionalmente la realización de elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, así como el restablecimiento de la democracia.
2. CONTINUIDAD DE AN A TRAVES DE LA COMISION DELEGADA: La continuidad constitucional del Poder Legislativo Nacional será ejercida por la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, la cual funcionará a través de la Comisión Delegada.
3. LIMITE TEMPORAL DE LA COMISION DELEGADA: La continuidad de la AN será por un periodo parlamentario adicional hasta 5 enero de 2022 o hasta que haya elecciones presidenciales libres, lo que ocurra primero.
4. ELIMINACION DEL CENTRO DE GOBIERNO: El Centro de Gobierno es sustituido por Consejo Político como órgano colectivo de coordinación seguimiento y evaluación de la acción de la Presidencia encargada de la República Bolivariana de Venezuela.
La actuación del Consejo Político se orientará a la procura de elecciones libres, justas y verificables, al pleno restablecimiento del orden constitucional, de la separación de poderes, y al rescate del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia en el país.
5. MAS FOCO A LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE INTERINO EN LOGRAR
EL CAMBIO DEMOCRATICO: • Promover interna e internacionalmente la realización de elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, así como el restablecimiento de la democracia.
Defender DDHH, procurar el rescate del sistema de garantías y libertades constitucionales, propiciar la reversión de la crisis humanitaria.
Procurar las condiciones institucionales para la defensa de los derechos e intereses de los entes del Estado venezolano en el extranjero
6. RESTRUCTURACION DEL GOBIERNO INTERINO PARA HACERLO MAS EFICIENTE: Se fijarán los lineamientos de la reestructuración organizativa de la Presidencia encargada de la República y se derogará Decreto N° 13 sobre la Creación del Centro de Gobierno de la Presidencia de la República.
7. TRANSPARENCIA EN MANEJO DE FONDOS PÚBLICOS: Excepcionalmente, y verificados los principios constitucionales de eficiencia, transparencia, solvencia, equilibrio fiscal, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública.
El Consejo Político podrá acordar solicitar a la Asamblea Nacional o a la Comisión Delegada autorización total o parcial, mediante los procedimientos de ley establecidos al efecto, para el uso de fondos públicos, dando prioridad a los gastos ordinarios del Poder Legislativo Nacional y a la defensa de activos del Estado venezolano en el extranjero. Se prohíbe la disposición de los activos de la República en el extranjero.