Los títulos tendrán un plazo de 56 días y un rendimiento de 7,0% anual
El Banco Central de Venezuela anunció la convocatoria para operación de absorción extraordinaria de títulos por 15.000 millones de bolívares.
El instituto emisor invitó a los Bancos Universales, Comerciales, Microfinancieros y Bancos de Desarrollo, inscritos en el Registro General del BCV para Operaciones con Títulos, a participar en Operaciones de Absorción, representadas por Venta con Pacto de Recompra y/o Venta de Certificados de Depósito a participar en la operación que se realizará hoy.
El plazo de los títulos a colocar será de 56 días, y la tasa de interés que devengarán, será de 7 % anual.
«El BCV al vencimiento de la operación de Venta con Pacto de Recompra, recomprará los instrumentos mediante el abono en la cuenta de depósito que los participantes mantienen en el Instituto del monto adjudicado y de los intereses acordados, calculados con base en la correspondiente tasa de interés, los cuales formaran parte de aquellos generados por el (los) bono(s) de la deuda pública nacional.»
Las operaciones de absorción, forman parte de los instrumentos de política monetaria empleados por el Banco Central para drenar los excesos de liquidez presentes en el sistema.
El ente emisor utiliza, en forma combinada, las operaciones de absorción con la subasta de bonos «Directo BCV» con fines astringentes.
Hasta la fecha, el Banco Central ha movilizado una masa de recursos del sistema, solo a través de operaciones de absorción, por más de 230.000 millones de bolívares.
En la colocación pautada para hoy, el instituto emisor dispone que «si al momento de la expiración del plazo previsto para la recompra de los títulos valores por parte del BCV, la institución bancaria por cualquier motivo no posee los títulos valores desmaterializados que le hubieren sido adjudicados en dicha cuenta, el BCV considerará abandonada la operación y procederá a debitar de la cuenta de depósito de la respectiva institución bancaria el 1% del monto total de la operación pactada.»
Asimismo, el BCV debitará de la cuenta de depósito de la institución bancaria los intereses generados por los títulos objeto de negociación, desde la fecha de inicio del cupón, hasta la fecha de la recompra y no hará el pago de intereses derivados de la operación.
En el supuesto antes mencionado la institución bancaria no podrá efectuar operaciones con el BCV en el mercado primario ni secundario. El reinicio de las operaciones con el Instituto sólo podrá ser autorizado por el Directorio del BCV, cuando existan circunstancias que así lo justifiquen.
Fuente: EU