El Fiscal General chavista, Tarek William Saab, informó este miércoles que ejerció dos acciones en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional y solicitó que en estricto apego del derecho internacional se proceda a brindar información sobre los hechos investigados.
Durante la rueda de prensa, Saab denunció que «a pesar de que hemos invitado a la Fiscal de la CPI en varias oportunidades, hasta ahora no ha manifestado interés en realizar una visita a Venezuela».
Además pidió a la CPI que se «corrija el trato desigual que se da a los diferentes países afectados, que, en el caso de Venezuela está siendo paradigmático» y aseguró que «se está ante una oportunidad única para que se contribuya a asegurar que el trato que se dé a los países objeto de un Examen Preliminar» y exigió que también para el gobierno de Maduro el trato «sea justo e igualitario».
El fiscal indicó que el criterio del gobierno de Maduro «ha sido vulnerado» ya que «hasta la fecha no se nos ha proporcionado información detallada de cuáles son los hechos investigados. La colaboración institucional debe ser bilateral y recíproca para dar una respuesta adecuada a lo que se nos requiere desde la Fiscalía», manifestó Saab.
A continuación el texto íntegro del comunicado emitido por la Fiscalía General de la República:
Ministerio Público presenta dos acciones ante la CPI para asegurar el debido proceso y el derecho a la defensa de Venezuela
En el día de ayer el Ministerio Público de la República Bolivariana de Venezuela presentó dos acciones, en el marco del Examen Preliminar del CASO VENEZUELA I, de gran importancia para el correcto desarrollo de la cooperación brindada por el Estado venezolano a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.
En primer lugar, hemos presentado una petición de cooperación judicial de acuerdo con lo previsto en el artículo 93.10 del Estatuto de Roma. Este artículo organiza la colaboración entre la Fiscalía de la CPI y los Estados miembros del Estatuto de Roma y permite a estos pedir información a la Fiscalía de la CPI para cumplir con sus deberes. Por este motivo, hemos solicitado que se nos transmita información sobre el material y las pruebas pertinentes que estén en el examen preliminar, dado que, hasta la fecha, no se nos ha proporcionado información detallada de cuáles son los hechos investigados.
La colaboración institucional debe ser bilateral y recíproca para dar una respuesta adecuada a lo que se nos requiere desde la Fiscalía y por ello, solicitamos que se nos facilite dicha información como elemento indispensable para hacer productiva la complementariedad. No atender esta justa petición es quebrantar la praxis que históricamente ha realizado esta institución, sometiendo a un trato desigual y excepcional a nuestro país, que, por su parte, está dando muestras de la más efectiva colaboración.
Prueba de ello es que el Ministerio Público ha estado remitiendo documentación de manera sistemática, a pesar de que tan solo conocemos lo que se lee en las comunicaciones públicas de la Fiscalía y lo que, desafortunadamente, se filtra de manera interesada, por los organismos y estados denunciantes. Es por ello, que solicitamos expresamente que la cooperación sea bilateral al amparo de lo dispuesto en el artículo 93.10 del Estatuto.
En segundo lugar, el Ministerio Público de Venezuela ha presentado una Solicitud de Control Judicial, en virtud del artículo 46.2 del reglamento de la CPI. Esta petición ha sido presentada ante la Sala de Cuestiones Preliminares de dicha institución para que esta se pronuncie sobre la inseguridad que inunda la fase de Examen Preliminar y corrija el trato desigual que se da a los diferentes países afectados, que, en el caso de Venezuela está siendo paradigmático. Estamos ante una oportunidad única para que se contribuya a asegurar que el trato que se dé a los países objeto de un Examen Preliminar sea justo e igualitario.
Nuestra solicitud se fundamenta en un minucioso análisis de todos los casos que la Fiscalía de la CPI ha sometido a Examen Preliminar, que demuestra, sin paliativos, la actuación parcial e interesada que está sufriendo la República Bolivariana de Venezuela. Reclamamos amparo por parte de la Sala para que se nos conceda el mismo trato que se ha dado a países como Colombia, entre otros, que lleva casi 17 años bajo examen y que ha recibido 12 misiones de la Fiscalía. Nuestro país, no ha recibido ni una sola visita a pesar de que hemos reiterado en numerosas ocasiones nuestra voluntad de recibir al equipo de la Fiscalía de la CPI. Con el máximo respeto institucional, pero también con la máxima contundencia exigimos que no sean motivaciones políticas las que guíen las decisiones de la Fiscalía de la CPI en este caso.
Con esta solicitud de control judicial, pedimos a la Sala de Cuestiones Preliminares que se pronuncie sobre tres asuntos esenciales:
¿Debe la Fiscalía de la CPI contestar al Estado y mantener una interlocución en el Examen Preliminar, estando obligada a establecer un diálogo constructivo con el Estado en el marco del principio de complementariedad, para dar cumplimiento al art. 15 del Estatuto de Roma, máxime cuando está siendo solicitado y ofrecido por éste de forma permanente y desde el principio?
¿Debe permitirse el acceso al material probatorio al Estado para garantizar el derecho a la defensa, el principio de contradicción y el control de pruebas, en el marco del art. 21.3 del Estatuto de Roma?
¿Puede la Fiscalía de la CPI basar sus consideraciones en un Examen Preliminar sobre documentación sustraída ilegalmente y aceptar fuentes de información y denuncias que se acrediten como parciales, obrantes bajo mala fe o sin rigor probatorio alguno?
Entendemos que las respuestas deben ser positivas en los dos primeros casos y negativa en el último.
En definitiva, consideramos que la Fiscalía de la CPI debe informar plenamente sobre su posición con relación a la información suministrada por nuestro país y establecer, junto con este, una hoja de trabajo conjunto para sacar el máximo partido a la firme voluntad de colaboración que el Estado venezolano tiene desde que fue requerido por la Fiscalía el pasado 2 de octubre de 2020.
Así mismo, debe quedar clara la voluntad firme y definitiva que tiene el Ministerio Público de llevar sus investigaciones para el esclarecimiento de los hechos hasta su finalización, de forma independiente y con apego a la legalidad y respeto a los estándares de protección de los derechos humanos.
Caracas, 27 de mayo de 2021.
TAREK WILLIAM SAAB
Por Confirmado Patricia Villegas con Información de Ultimas Noticias