A través de la Circular SIB-DSB-CJ-OD-06524, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) instruyó al sector bancario nacional implementar medidas para fortalecer los procedimientos, mecanismos y sistemas tecnológicos que permitan monitorear todas las operaciones de negocios o financieras a través de organizaciones sin fines de lucro.
Esto con el propósito de identificar a las personas naturales o jurídicas que reciben o envían fondos desde o hacia esas organizaciones y de este modo detectar operaciones inusuales o actividades sospechosas de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM).
Asimismo, el ente supervisor ordenó que las instituciones bancarias evalúen y monitoreen la información financiera relacionada con las organizaciones sin fines de lucro, tanto nacionales como internacionales, que permita evidenciar la existencia de clientes que pudieran estar vinculados con actividades delictivas.
De acuerdo con la Sudeban, esta medida de naturaleza prudencial obedece a lo establecido en el artículo 171 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, numerales 14 y 26, así como a las instrucciones emanadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UNIF) en su Circular UNIF-DDG-DSU-02575.
#EsNoticia || Sudeban instruye monitoreo de las operaciones financieras realizadas a través de organizaciones sin fines de lucro
Fuente: Banca y Negocios
Por: Maria Laura Espinoza
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