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Publican providencia con normas para aeronaves extranjeras

Posted on: marzo 30th, 2015 by Laura Espinoza No Comments

La Providencia N° PRE-CJU-GDA-033-15,  establece las normas que regulan las operaciones de aeronaves de aviación general con matrícula extranjera hacia y en el territorio nacional.

 
La medida fue publicada en la Gaceta 40.630 con fecha del 27 marzo de 2015.
 

 

 

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO
JUNTA INTERVENTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° PRE-CJU-GDA-033-15
CARACAS, 03 DE FEBRERO DE 2015
204°, 155° y 16°

 

El Presidente de la Junta Interventora del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, actuando de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 9, numeral 3 y 19 del Decreto N° 1.492, de fecha 27 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.550 de la misma fecha y los artículos 9, 58, 61 y 78 de la Ley de Aeronáutica Civil, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.140, de fecha 17 de marzo de 2009.

 

POR CUANTO,

 

Que la actividad aeronáutica debe ser gestionada eficientemente, de acuerdo a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y sus leyes, a fin de alcanzar el desarrollo de la misma de manera ordenada, segura y eficaz.

 

POR CUANTO,

 

Que surge la necesidad de adecuar el acervo jurídico que regula las operaciones de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera en el territorio nacional, para que cumplan las mismas no sólo con la normativa vigente en la materia aeronáutica emanada del Estado venezolano, sino con todo el marco normativo y los Convenios Internacionales válidamente suscritos por el Estado venezolano.

 

POR CUANTO,

 

Que es competencia del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, como órgano veedor y fiscalizador de la actividad aeronáutica, regular y controlar las actividades de los propietarios y tenedores de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera en el territorio nacional, lo cual lo lleva a avocarse, como en efecto lo hace, mediante la emisión del presente instrumento normativo a regular las operaciones de las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera en el territorio nacional.

 

DICTA,

 

La siguiente,

 

CONDICIONES MEDIANTE LAS CUALES SE REGULAN LAS OPERACIONES DE AERONAVES DE AVIACIÓN GENERAL CON MATRÍCULA EXTRANJERA HACIA Y EN EL TERRITORIO NACIONAL

 

CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales

 

OBJETO

 

Artículo 1. La presente Providencia Administrativa tiene por objeto regular el ingreso, permanencia y salida del territorio de la República Bolivariana de Venezuela de las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, así como las operaciones aéreas que éstas realicen exclusivamente en aeropuertos controlados por la Autoridad Aeronáutica Nacional.

 

DEFINICIONES

 

Artículo 2. A los efectos de la presente Providencia Administrativa, los términos abajo expuestos tienen la siguiente definición:

 

Admisión Temporal: Es el régimen mediante el cual se introducen mercancías al territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros recargos o impuestos adicionales que fueren aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna.

 
Autoridad Aeronáutica: Se refiere al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil.

 
Aeropuertos Controlados: Todo aeropuerto que cuenta con las facilidades de control del servicio de tránsito aéreo y especialmente equipado y usado regularmente para pasajeros y carga en el tráfico aéreo.

 
Aviación General: Comprende toda actividad aeronáutica civil no comercial, en cualquiera de sus modalidades, y está sujeta a lo establecido en la Ley de Aeronáutica Civil y a la Normativa Técnica que se dicte al respecto.

 
Operaciones Aéreas: Es la operación de aeronaves de Aviación General con matrícula extranjera hacia y en el territorio nacional, cuyo fin principal es el traslado no comercial de pasajeros, así como de su carga y equipaje.

 

RESTRICCIONES

 

Artículo 3. Las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera no podrán transportar carga, mercancía, artículos o cualquier otro tipo de efectos que no sean de uso personal de los pasajeros y de los tripulantes, ni aquellos que no sean permitidos o estén prohibidos, de acuerdo a la normativa vigente.

 

Los propietarios o tenedores de Aeronaves de Aviación General de Matrícula Extranjera no podrán comercializar ni ofrecer operaciones de Servicio Público de Transporte por Vía Aérea ni operaciones de Servicio Especializado de Transporte Aéreo en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Los propietarios o tenedores de Aeronaves de Aviación General de Matrícula Extranjera, que incumplan con las disposiciones establecidas en el párrafo precedente, serán objeto de la revocatoria del Permiso Operacional concedido, de la negativa para la concesión de nuevos permisos para las aeronaves incursas en la situación de hecho anteriormente expuesta hasta por un lapso de seis (6) meses contados a partir de la fecha de la revocatoria del permiso en cuestión; todo ello de conformidad con los correspondientes procedimientos administrativos que tenga a bien iniciar y sustanciar la Autoridad Aeronáutica Nacional.

 

LIMITACIÓN DE OPERACIONES

 

Artículo 4. Las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, deberán ingresar y salir del País por un Aeropuerto Internacional y su operación estará limitada a los aeropuertos controlados y por los puntos o rutas que fije la Autoridad Aeronáutica, respetando las zonas prohibidas, restringidas o peligrosas; así como las que se establezcan por razones de seguridad y de cualquier otra índole.

 

VALIDEZ DEL PERMISO

 

Artículo 5. La autorización otorgada para realizar operaciones aéreas con Aeronaves de Aviación’ General con Matrícula Extranjera, conservará su validez ante las autoridades competentes, por el período estipulado en la misma, siempre y cuando la mencionada aeronave se encuentre solvente en cuanto a los Derechos Aeronáuticos y multas impuestas por la Autoridad Aeronáutica; así mismo debe mantener la vigencia del Certificado de Aeronavegabilidad, Certificado de Matrícula emitido por el Estado de Matrícula de la Aeronave, Póliza de Seguro de Aviación en cuanto a la responsabilidad civil de los tripulantes y usuarios de la aeronave, así como aquellas que amparan los riesgos a terceros superficiarios.

 

En el mismo orden de ideas, deberán presentar las licencias y certificados médicos de los tripulantes vigentes, así como todo lo relativo con el otorgamiento por parte de la Autoridad Aduanera y Tributaria del Régimen de la Admisión Temporal.

 

SUSPENSIÓN, INHABILITACIÓN, REVOCATORIA Y SANCIONES

 

Artículo 6. Cualquier incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Providencia Administrativa, dará lugar a la suspensión, inhabilitación y revocatoria del permiso operacional, además de la imposibilidad de solicitar nuevos permisos para las operaciones de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, hasta por un lapso de seis (6) meses contados a partir de la fecha de la suspensión, inhabilitación y revocatoria, sin menoscabo del establecimiento de las correspondientes sanciones administrativas contempladas en la Ley de Aeronáutica Civil y el ordenamiento jurídico de la República Bolivariana de Venezuela.

 

CAPÍTULO SEGUNDO
Operaciones de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera hacia y en el Territorio Nacional

 

OPERACIONES DE INGRESO Y PERMANENCIA DE AERONAVES AL TERRITORIO NACIONAL HASTA POR 72 HORAS

 

Artículo 7. Los propietarios o tenedores legítimos de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, podrán solicitar el respectivo permiso para ingresar y permanecer en el territorio venezolano hasta por un lapso de setenta y dos (72) horas, siempre que posean los siguientes requisitos:

 

Certificado de Aeronavegabilidad.
Certificado de Matrícula emitido por el Estado de Matrícula de la Aeronave.
Póliza de Seguro de Aviación vigente en cuanto a la responsabilidad civil de los tripulantes, usuarios de la aeronave y daños contra terceros.

 
Licencias y certificados médicos de los tripulantes, y Formato de solicitud de ingreso al territorio nacional debidamente llenado y suscrito por el propietario o tenedor legítimo de la aeronave, el cual se encuentra en la página Web del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil.

 

Las operaciones aéreas contempladas en el presente Artículo son exclusivamente para el arribo y permanencia de las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, en el Aeropuerto Internacional de entrada a nuestro país, estando i limitadas a un máximo de dos (2) operaciones por cada treinta días (30) continuos, sin la posibilidad de realizar operaciones dentro del Territorio Nacional.

 

INGRESO Y PERMANENCIA DE AERONAVES DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL POR 90 DIAS CONTINUOS

 

Artículo 8. Los propietarios o tenedores legítimos de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, podrán solicitar el respectivo permiso para ingresar y permanecer en el territorio venezolano, el cual se expedirá por un período de noventa (90) días continuos, siempre que posean los siguientes requisitos:

 

1.- Copia del Certificado de Aeronavegabilidad.
2.- Copia del Certificado de Matrícula emitido por el Estado de Matrícula de la Aeronave.
3.- Copia de la Póliza de Seguro de Aviación Civil vigente, de acuerdo a lo establecido en la 4.- Ley de Aeronáutica Civil, y a las disposiciones en materia de seguros de la aviación civil.
5.-Copia de las Licencias y Certificados Médicos vigentes de los tripulantes, técnicamente habilitados para operar el tipo de aeronave, emitidos o convalidados por el país de matrícula de la aeronave.

 

6.-Formulario de solicitud de permiso para operación de Aeronave de Matrícula Extranjera dentro del territorio nacional.

 
7.- Comprobante de cancelación de los Derechos Aeronáuticos correspondientes al Permiso de la Operación aérea requerida, siendo la tarifa establecida por un monto de Cinco Mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 5.000), y Solvencia por los Servicios de Control y Apoyo a la Navegación Aérea (Radio Ayuda).

 

8.- Los propietarios o tenedores legítimos de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, a los cuales se les haya otorgado el Permiso Operacional de acuerdo a las disposiciones contempladas del presente Artículo, podrán efectuar operaciones en aeropuertos controlados en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, con excepción de los situados en las localidades de Los Roques y Canaima.

 

Una vez finalizado el lapso de noventa (90) días continuos establecido, los propietarios o tenedores legítimos de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera deberán abandonar efectivamente el territorio de la República Bolivariana de Venezuela y habiendo transcurrido un lapso de trescientos sesenta y cinco (365) días continuos contados a partir de la salida efectiva de la aeronave de Aviación General con Matrícula Extranjera del territorio nacional, podrán realizar una nueva solicitud de Permiso Operacional, por un lapso de noventa (90) días.

 

INGRESO Y PERMANENCIA DE AERONAVES AL TERRITORIO NACIONAL POR UN AÑO CALENDARIO RENOVABLE.

 

REQUISITOS

 

Artículo 9. Los propietarios o tenedores legítimos de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, podrán solicitar ante la Autoridad Aeronáutica Nacional, permiso para ingresar y permanecer en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, operando en los terminales aéreos autorizados al efecto hasta por un lapso de un (01) año calendario; pudiendo solicitar prórroga por un periodo igual, atendiendo siempre el otorgamiento y renovación de los Permisos en cuestión, el interés del Estado y el cumplimiento estricto de los siguientes requisitos solicitados y exigidos:

 

1.- Copia del documental donde consta el otorgamiento o la renovación, según sea el caso del Régimen de la Admisión Temporal debidamente otorgado por la Autoridad Aduanera y Tributaria.

 
2.- Formulario de solicitud de permiso para operación de Aeronave de Matrícula Extranjera dentro del territorio nacional.

 
3.- Copia del Certificado de Matrícula del país de origen de la aeronave.

 
4.-Copia del Certificado de Aeronavegabilidad vigente emitido por el Estado de matrícula de la aeronave.

 
5.-Copia de la Póliza de Seguro de Aviación Civil vigente, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Aeronáutica Civil, y a las disposiciones en materia de seguros de la aviación civil.

 
6.- Copia de las Licencias y Certificados Médicos vigentes de los tripulantes, técnicamente habilitados para operar el tipo de aeronave, emitidos o convalidados por el país de matrícula de la aeronave.

 
7.- Comprobante de cancelación de los Derechos Aeronáuticos correspondientes al permiso de la operación aérea requerida:

 

Para la obtención de este tipo de permiso operacional por el lapso de, un (01) año calendario, la tarifa establecida será por un monto de Veinticinco Mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 25.000) por el primer año del otorgamiento del mismo.

 

Para la renovación de dicho permiso operacional por el lapso de un (01) año calendario, la tarifa establecida será por un monto de Treinta y Cinco Mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 35.000) por el segundo año del otorgamiento del mismo.

 

Solvencia por los Servicios de Control y Apoyo a la Navegación Aérea (Radio Ayuda).

 

LIMITACIONES AL PERMISO OPERACIONAL

 

Artículo 10. Los permisos operacionales concedidos por la Autoridad Aeronáutica Nacional, a los propietarios o tenedores legítimos de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, para operar las mismas a tenor de lo contemplado en los artículos precedentes, no deberán poseer una vigencia mayor a los lapsos establecidos y contemplados por el respectivo Régimen de Admisión Temporal establecido por la Autoridad Aduanera y Tributaria.

 

Los propietarios o tenedores legítimos de Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, que posean un permiso operacional otorgado por la Autoridad Aeronáutica Nacional, al amparo de las disposiciones contempladas en los artículos precedentes de la presente Providencia Administrativa, no podrán utilizar el permiso para operaciones de ingreso y permanencia al territorio nacional, por lapsos menores de setenta y dos (72) horas contemplado en el Artículo 7 de la presente Providencia Administrativa.

 

CAPÍTULO TERCERO
Tarifas para el Otorgamiento de Permisos para Operación de Aeronaves con Matrícula Extranjera dentro del Territorio Nacional

 

TARIFA EN DIVISAS POR CONCESIÓN DE LOS PERMISOS OPERACIONALES PARA AERONAVES DE AVIACIÓN GENERAL CON MATRICULA EXTRANJERA

 

Artículo 11. El pago que realicen los propietarios o tenedores legítimos de las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, a los efectos de solicitar los Permisos Operacionales contenidos en la presente Providencia Administrativa, deberán ser efectuados en divisas, a saber en Dólares de los Estados Unidos de América, de acuerdo a la tarifa establecida por la Autoridad Aeronáutica Nacional en la presente Providencia Administrativa y de conformidad con las disposiciones contempladas en el Convenio Cambiado vigente.

 

CAPÍTULO CUARTO
Disposiciones Derogatorias y Finales

 

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

 

Única: Se deroga la Providencia Administrativa PRE-CJU-GDA- 480-14 de fecha 01 de diciembre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.567, de fecha 22 de diciembre de 2014.

 

DISPOSICIONES FINALES

 

Primera: Los propietarios o tenedores legítimos de las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera, deberán cumplir con todas y cada una de las disposiciones, normativas en materia aduanera y tributaria, migratorias, de seguridad, sanitarias, contempladas en el marco normativo vigente en la República Bolivariana de Venezuela.

 

Segunda: Los propietarios o tenedores legítimos de las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera que operen hacia o en el territorio nacional, deberán así mismo cumplir con la normativa aeronáutica vigente contemplada en la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Aeronáutica Civil, las Regulaciones Aeronáuticas’ Venezolanas y el estamento jurídico dictado y asumido por el Estado venezolano en la materia.

 

Tercera: La presente Providencia Administrativa contentiva de las normas que regulan las operaciones de las Aeronaves de Aviación General con Matrícula Extranjera en el territorio nacional, entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Comuníquese y publíquese

 

GIUSEPPE ÁNGELO YOFFREDA YORIO
MINISTRO
Designado mediante el Decreto N° 1.213 de fecha 02 de septiembre de 2014.
Publicado en la Gaceta Oficial N° 40.488 de la misma fecha.
Reimpreso en la Gaceta Oficial N° 40.489 de fecha 03 de septiembre de 2014

 

Panorama

El Mundo.es: Venezuela investiga la implicación de los jerarcas del chavismo

Posted on: marzo 30th, 2015 by Laura Espinoza No Comments

El caso Banco Madrid ya está en la Fiscalía venezolana. Por primera vez en 15 años, Venezuela investigará un escándalo de corrupción relacionado con antiguos cargos del Gobierno de Hugo Chávez, después de que el diarioELMUNDO destapara, el pasado 16 de marzo, un presunto blanqueo de capitales por parte de, al menos, seis personas vinculadas al chavismo

 

Apenas ocho días después de esa publicación, la Asamblea Nacional, el órgano legislativo del país bolivariano, que preside Diosdado Cabello, aprobó la propuesta formulada por el diputado de la oposición Julio Montoya para esclarecer los hechos. Nunca antes una iniciativa de la oposición fue aceptada en estos términos, llegando de inmediato a la llamada Comisión de Contraloría, similar al Ministerio Fiscal español.

 

Fuentes conocedoras de esta iniciativa parlamentaria achacaron la decisión a tensiones internas entre Cabello y el presidente de la República venezolana, Nicolás Maduro. No obstante, las mismas fuentes advirtieron de la relación de amistad que existe entre el presidente de la Comisión, Pedro Miguel Carreño Escobar, y Carlos Aguilera Borjas, uno de los implicados en el caso de blanqueo de dinero. En concreto, se trata del ex director de la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención de Venezuela (Disip). Esto es, el organismo existente antes de que Chávez creara el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, conocido por sus siglas Sebin.

 

La Comisión de Contraloría tiene la misión de velar por la transparencia de los entes financieros y públicos de Venezuela, además de la fiscalización de la Administración pública en todos sus niveles. Cinco de los seis venezolanos relacionados con el caso Banco Madrid estuvieron vinculados, de manera directa, al Gobierno venezolano.

 

El citado Aguilera Borjas fue el ex jefe de Seguridad de Chávez. Junto a él, también aparecen en el listado Nervis Gerardo Villalobos, viceministro de Energía; Javier Alvarado Ochoa, ex presidente de Electricidad de Caracas; Diego Salazar Carreño, familiar de Rafael Ramírez, actual embajador de Venezuela en la ONU y ex presidente de Petróleos de Venezuela (PDVSA); y Francisco Rafael Jiménez Villarroel, ex dirigente de la petrolera. El sexto implicado es el empresario de seguros Omar Farías Luces.

 

Entre los implicados, tres de ellos tienen empresas en España, en las que ostentan cargos de administradores, según consta en el Registro Mercantil. Se trata del ex director de los servicios de Inteligencia, del ex presidente de la compañía eléctrica y del magnate de los seguros, propietarios, respectivamente, de Clab-Consultoría Inmobiliaria, Catalufa Inversiones Inmobiliarias e Inversiones Porbónica.

 

A excepción de Clab y Porbónica, que fueron registradas en 2007, Catalufa -la empresa de Alvarado Ochoa- se creó hace apenas seis meses, en septiembre de 2014. Ninguna tiene empleados, ni estructura organizativa y tampoco consta actividad reciente. Es más, los depósitos de cuentas de los últimos años no aparecen. Sólo en el caso de Clab, la sociedad de Aguilera Borjas, constan cuentas anuales correspondientes al año 2012, periodo en el que esta empresa obtuvo un beneficio negativo de 4.838 euros, registrando un capital social de 1,7 millones y activos por importe cercano a los dos millones. Clab-Consultoría Inmobiliaria fue creada con un capital inicial de 3.000 euros.

 

Las tres están registradas como actividad de promoción inmobiliaria. Aunque no están relacionadas entre sí, Inversiones Porbónica comparte domicilio social con una sociedad vinculada a Alvarado Ochoa. Se trata de Clavo y Canela 2000, una agencia de valores, propiedad de la venezolana Ceciree Carolina Casanova Rangel, cuya apoderada es una española, dueña de la empresa Hondalar. Precisamente, esta sociedad tiene su domicilio en Majadahonda, en el mismo lugar que Porbónica, de Omar Farías.

 

Domicilio social

 

Este diario contactó con la apoderada de Clavo y Canela 2000 para conocer la relación entre Farías y Alvarado. Su primera reacción fue asegurar que no conoce a Alvarado Ochoa, para después precisar que ambos «no tienen ninguna relación en España». En este sentido, aseguró que conoció a Farías por un amigo personal que estaba casado con una venezolana. «Me dijo que quería invertir en España». «Cuando vienen a España ni se ven ni se conocen, yo no sé si en Venezuela se conocerán», insistió en relación a la vinculación de Farías y Alvarado.

 

En el domicilio de la capital madrileña donde está registrada Catalufa, la empresa de Javier Alvarado, constan también otras dos sociedades, administradas por la citada venezolana Carolina Casanova. Se trata de la ya mencionada Clavo y Canela 2000, además de Cocuiza. Ninguna de las dos tiene empleados, ni estructura organizativa. Según la apoderada de Clavo y Canela, el piso donde está registrada Catalufa es propiedad de Casanova.

 

En cuanto a Carlos Aguilera, administrador de Clab-Consultoría Inmobiliaria, su empresa está en un gabinete jurídico del centro de Madrid, gestionado por la abogada española Begoña Gímeno Díaz. Este diario se puso en contacto con la letrada, que justificó la presencia de Clab en su domicilio advirtiendo de que allí sólo llegan las notificaciones dirigidas a esa empresa.

 

Hace poco más de dos meses, Aguilera Borjas incluyó a un nuevo administrador solidario en su empresa. Se trata de José Manuel Aguilera Rioboo, asistente técnico en Venezuela del consorcio español CSM -Dimetronic, Cobra, Constructora Hispánica y CAF-, encargado de la línea 1 del Metro de Caracas. La adjudicación de este contrato también se investiga en el caso Banco Madrid. Este diario intentó contactar con los tres venezolanos implicados en el caso, pero sólo respondió Omar Farías.

 

 

MARISA RECUERO
ANTONIO RUBIO

Fuente elmundo.es

Arrestan a Damas de Blanco en zona céntrica de La Habana

Posted on: marzo 30th, 2015 by Super Confirmado No Comments

Foto Martinoticias.com

 

 

Unas veinte de Damas de Blanco fueron detenidas este domingo en una céntrica avenida de La Habana, muy próxima a la conocida heladería Coppelia, luego de terminar la misa dominical y la habitual caminata.

 

«Al salir de misa tomamos el ómnibus P1 para dirigirnos a nuestras casas, al pasar por la calle 23 en el Vedado, colocamos fotos de presos políticos en los cristales de las ventanillas, puesto que el gobierno cubano coloca las fotos de sus presos”, dijo Berta Soler a Radio Martí.

 

Inmediatamente fueron arrestadas y trasladadas a un centro de detención en Tarará, recibiendo golpes y amenazas.

 

Este domingo, 63 mujeres asistieron a misa en el templo de Santa Rita, en el oeste de La Habana, y luego realizaron su tradicional caminata por la Quinta Avenida de la capital.

 

Fuente: Diario las Américas

VIDEO: Madonna y Taylor Swift se presentaron juntas en los iHeartRadio Music Awards 2015

Posted on: marzo 30th, 2015 by Super Confirmado No Comments

Esta noche se llevó a cabo la segunda edición de los iHeartRadio Music Awards en Los Angeles, ceremonia en la cuál se le hace reconocimiento a los artistas y las canciones más destacadas del 2014.

 

 

Entre los cantantes que se presentaron destacan Meghan Trainor, Nick Jonas, Iggy Azalea y Jennifer Hudson, Kelly Clarkson, Sam Smith, Nate Ruess y Rihanna.

 

 

Pero toda la atención la obtuvo Madonna cuando comenzó a cantar su nuevo single ‘Ghosttown’ con la aparición sorpresa de Taylor Swift en la guitarra.

Ganadores:
Artista del Año: Taylor Swift
Mejor Colaboración: ‘Bang Bang’ – Jessie J, Ariana Grande & Nicki Minaj
Mejor Artista Nuevo: Sam Smith
Canción Dance del Año: ‘Summer’ – Calvin Harris
Canción Rock Alternativo del Año: ‘Take Me To The Church’ – Hozier
Mejor Letra: ‘Blank Space’ – Taylor Swift
Mejores Fans: 5SOS Fam
Innovator Award: Justin Timberlake
Canción del Año: ‘Shake It Off’ – Taylor Swift

 

 

Fuente: Musicmundial.com

52 personas fallecidas registraron en morgue de Caracas este fin de semana

Posted on: marzo 30th, 2015 by Laura Espinoza No Comments

José Nazareth Guerrero, de 19 años, fue asesinado el sábado a las ocho de la noche en el barrio El Campito de Petare.

 

Le dispararon varias veces, al confundirlo con un enemigo cuando salió de un local donde venden parrillas.

 

José Alexander Becerra, de 20 años, cayó muerto la madrugada de ayer en el barrio Las Torres de Carapita.

 

Familiares dijeron que le disparó un sujeto con quien peleó por una mujer.

 

Ambos cadáveres figuraron en los 52 que contabilizaron durante el fin de semana en la morgue de Bello Monte.

 

Además, forman parte de las estadísticas de ingreso de cuerpos este mes, que hasta la mañana de hoy alcanzó los 466 casos.

 

 

 

DEIVIS RAMÍREZ MIRANDA | EL UNIVERSAL

Los Leones del Caracas le rindieron un emotivo homenaje a Víctor Sánchez (VIDEO)

Posted on: marzo 30th, 2015 by Super Confirmado No Comments

Este sábado en la noche falleció el joven lanzador de los Leones del Caracas, Víctor Sánchez, tras pasar casi dos meses en cuidados intensivos luego de un accidente en el mar donde fue chocado por una lancha produciendo un hematoma en su cerebro.

 

 

El 23 de febrero le fue practicado un electroencefalograma que reveló que su cerebro tenía actividad, sin embargo. la situación de Sánchez seguía siendo crítica.

 

 

El joven era prospecto de los Marineros de Seattle y estaba listo para unirse al equipo en los campos primaverales pocos días antes del fatídico suceso.

 

 

Sánchez fue firmado por Seattle por la suma de 2,5 millones de dólares, la segunda cifra más alta para un criollo.

 

 

El 17 de julio de 2013 mostró que valía esa cifra al lanzar un juego sin hits ni carreras en la filial clase A de los Marineros (Clinton) y debutó en la pelota nacional con los Leones en la campaña 2014-15.

 

 

La organización de Grandes Ligas mandó sus condolencias a la familia: «Los Marineros de Seattle están entristecidos al conocer el fallecimiento de Víctor Sánchez» dijo el gerente general Jack Zduriencik. «Víctor era un joven tremendo y un compañero maravilloso. Era un jugador muy talentoso que estaba cerca de cumplir su promesa como un jugador de Grandes Ligas. Él será extrañado por sus compañeros de equipo, y los entrenadores y el personal de los Marineros»

 

 

Por su parte, los Leones del Caracas, publicaron un video recordando al joven que destacaba en Venezuela con los melenudos.

 

Escrito por: Cecimar Kerch

Fuente: Últimas Noticias
 

 

Mataron a un hombre en Guanare para robarle su bicicleta

Posted on: marzo 30th, 2015 by Laura Espinoza No Comments

Un ciudadano, identificado como Edwards Coromoto Montes, de 35 años de edad, fue asesinado de un disparo en la cabeza en la ciudad de Guanare.

 

El hecho ocurrió el pasado fin de semana en horas de la mañana, cuando el hoy occiso transitaba junto a su esposa en el sector Colinas de Bello Monte. Ambos fueron sorprendidos por dos sujetos, quienes intentaron robarle la bicicleta que llevaban.

 

Se presume que la esposa del fallecido entro en pánico y emprendió la huida y uno de los antisociales decidió dispararle, obligando a Eduardo Montes a forcejear con éste para evitar que le dispararan a su esposa, siendo él quien finalmente recibió el impacto de bala que le cegó la vida.

 

Se pudo conocer que Montes practicaba el ciclismo como deporte y era empleado de una sucursal bancaria de la capital portugueseña.

 

Un nutrido grupo de ciclistas que conocían a Montes lo despidieron al momento de ser trasladado desde la funeraria donde fue velado hasta el campo santo.

 

El caso se encuentra a la orden del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

 

 

Con información de Manuel Alvarado
Globovisión

Escasez venezolana llega a límites absurdos: Denuncian que no está fácil conseguir velas

Posted on: marzo 30th, 2015 by Laura Espinoza No Comments

El miércoles pasado, a tres días del Domingo de Ramos, cuando comienza la conmemoración de la Semana Santa, en los alrededores de la iglesia Santa Teresa en Caracas no había algarabía y los mercaderes estaban ausentes del templo. “Este año es diferente. Apenas estamos cuatro vendedores. En otros tiempos había que madrugar para agarrar puesto, la plaza se abarrotaba”, contó a El Nacional, Daisy Araque, vendedora de velas y objetos religiosos desde hace ocho años.

 

Aseguró que no había mercancía que vender. “Las velas y los velones están muy difíciles de conseguir porque no hay parafina para producirlos”, indicó. Los proveedores le dijeron que no hay dólares para importarla.

 

Araque añadió que en años anteriores compraba entre 5 y 8 cajas de velas moradas con 80 unidades cada una. Sin embargo, en esta ocasión tiene apenas media caja para vender en toda la temporada. De 320 bolívares que costaba la caja subió a 960, lo que equivale a un aumento de 200%.

 

Otros vendedores informales y formales coinciden con Araque, la falta de materia primapara producir velas generó la caída de la producción y en consecuencia la escasa oferta de cirios. “No hay velas ni para alumbrar al santo”, aseveró la vendedora.

 

Artesanos del interior del país acostumbraban a aglomerarse frente a la basílica para vender sus réplicas del Nazareno y las exhibían en diferentes tamaños. Servían también de proveedores para los vendedores de la ciudad, recordó Araque. Este año le dijeron que no viajarían a Caracas porque los materiales estaban tan costosos que las piezas tendrían que venderse muy caras y pocas personas las comprarían.

 

Gregorio Nepomuceno, encargado de la tienda Azabache que está ubicada frente al templo, afirmó que los precios de las imágenes religiosas se dispararon. La estatuilla del Nazareno tipo barroco italiano en tamaño mediano pasó de 225 bolívares a 7 mil 500 bolívares, lo que representa un alza de 3 mil 233%.

 

LaGranCiudad.net 

Emilio Carrasquel: «Seguramente este año Víctor Sánchez debutaría en las mayores»

Posted on: marzo 30th, 2015 by Super Confirmado No Comments

Uno de los scouts más reconocidos en el béisbol venezolano, Emilio Carrasquel, estuvo en el programa radial «Los Cronistas» para conversar del lamentable fallecimiento del prospecto venezolano,Víctor Sánchez.

 

 

Durante la entrevista, el amplio conocedor del talento en los jugadores, afirmó que el 2015 sería «el gran año» del joven lanzador. «Es una lamentable noticia para la organización. Este era el gran año de Víctor, para hacer el grado».

 

 

Carrasquel sentenció que el talento que tenía Sánchez era algo pocas veces visto. «Nosotros le presentamos el talento a los Marineros y desde el primer momento nos dijeron que había que darle un trato especial».

 

 

«Víctor fue el segundo mejor talento que yo he firmado. El primero es Félix, que para su edad, su repertorio era superior», aseguró el cazatalento.

 

 

Es necesario recordar, que en una lista publicada por la MLB, Víctor Sánchez era considerado el onceavo mejor prospecto de Seattle a pesar de solamente tener 19 años de edad.

 

Escrito por: César Sequera

Fuente: Meridiano

Acusan a funcionario del INTT por corrupción

Posted on: marzo 30th, 2015 by Laura Espinoza No Comments

El Ministerio Público acusó a cuatro hombres, uno de ellos funcionario del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre (INTT) del Área Metropolitana de Caracas (AMC), por presuntamente incurrir en hechos de corrupción el pasado 10 de febrero.

 

La fiscal 71ª del AMC, Minerva Balza, acusó al funcionario de seguridad del INTT, Aldo José Villafranca (46), por presuntamente ser autores en el forjamiento de documento público falso, uso de sellos falsos, corrupción impropia y asociación para delinquir, todos en concurso real de delito. Reseña nota de prensa por el organismo.

 

De igual forma, fueron acusados por los mismos delitos Alexis José Andara (49) y Ángel Alfonzo Nava Reyes (68).

 

Asimismo, fue acusado Eduardo Antonio Salcedo (29) por presuntamente incurrir en los delitos de aprovechamiento de vehículo proveniente del robo y uso de documento público falso, previstos y sancionados en la Ley sobre Robo y Hurto de Vehículos, y en el Código Penal.

 

Tales precalificaciones fiscales se encuentran previstas en el Código Penal, Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y la Ley Contra la Corrupción.

 

En el escrito presentado ante el Tribunal 42º de Control del AMC, la fiscal solicitó la admisión de la acusación y el enjuiciamiento de las cuatro personas, quienes se encuentran recluidas en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), ubicada en Quinta Crespo, Caracas.

 

El citado día, Salcedo acudió a la Fiscalía 71° del AMC, donde presentó una documentación notariada que no existía en los libros de autenticaciones llevados por esa dependencia, en la cual solicitaba el cambio de estatus de su vehículo, el cual ya estaba en su poder sin que se dejara constancia de la entrega.

 

En virtud de la situación, la fiscal del caso informó a funcionarios del Cicpc que de inmediato aprehendieron al hombre.

 

La investigación coordinada por el Ministerio Público, logró determinar la vinculación a Andara, Nava Reyes y Villafranca con el hecho, por lo que fueron aprehendidos y puestos a la orden del Ministerio Público.

 

 
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