La ampliación se posibilitaba con una modificación del plan general del Ayuntamiento
En 2011, el Ayuntamiento compensó al Club con 6,5 millones y el solar frente al estadio
La CE mostró sus dudas sobre las cesiones de suelo y la revalorización de los terrenos
El Tribunal superior de Justicia de Madrid en un auto hecho público anoche ha admitido la solicitud de suspensión, presentada por Ecologistas en Acción, de las obras de ampliación del Estadio Santiago Bernabeú, con lo que el proyecto queda paralizado.
Según informa el grupo ecologista, en el auto dictado el 31 de julio, el Tribunal considera que la investigación abierta por la Comisión Europea por las posibles ayudas públicas recibidas por el club de fútbol Real Madrid, está relacionada con la modificación puntual del plan general de Madrid que permite la ampliación del estadio. Por ello suspende el acuerdo que habilita esta ampliación, en tanto se dicte resolución por la Comisión.
En la resolución se recuerda que el 29 de noviembre de 1996 el Real Madrid suscribió un convenio con el Ayuntamiento de Madrid según el cual el club cedía un terreno situado en la zona de su Ciudad Deportiva y, a cambio, el Ayuntamiento se comprometía a entregar al Real Madrid varios terrenos.
La Comisión Europea, el pasado mes de marzo, hizo pública sus dudas sobre algunas cesiones de suelo y la revalorización de los terrenos implicados en operaciones urbanísticas realizadas entre el Ayuntamiento de Madrid y el club de fútbol. Según la Comisión este intercambio de parcelas se consideraría ayuda estatal de apoyo al club. Con todo, la CE abrió un proceso de investigación que todavía está pendiente de resolución.
En junio y gracias a una campaña de crowdfunding, Ecologistas en Acción solicitó al TSJM que suspendiera el acuerdo por el cual la Comunidad de Madrid aprobó la modificación puntual del plan general de Madrid que permitía la ampliación del estadio.
Los acuerdos del R.Madrid y el Ayuntamiento
Los acuerdos comenzaron el 29 de noviembre de 1996 cuando el Real Madrid suscribió un convenio con el Ayuntamiento de Madrid por el que el club acordaba ceder un terreno situado en la Ciudad Deportiva y, a cambio, el Consistorio se comprometía a entregar al Real Madrid varios terrenos a determinar con posterioridad.
En 1998 el Ayuntamiento de Madrid y el club de fútbol establecieron un intercambio por el cual el Real Madrid cedía al Consistorio 30.000 metros cuadrados en su ciudad deportiva y recibía en contrapartida dos parcelas, una de ellas en Las Tablas. El valor de ‘Las Tablas’ se estimó en aquel año en 595.414 euros. Sin embargo, el terreno no se cedió porque al suscribirse el convenio el Ayuntamiento no era aún su propietario legal.
Años después, en 2011, ambas partes firmaron un convenio por el cual el Ayuntamiento asumía una deuda con el club deportivo de 19.772.357 euros, derivada en buena medida del supuesto valor de la parcela, que fue tasada por el Ayuntamiento de Madrid en ese año en 22.693.054 euros. Eso suponía una revalorización del 3700% con respecto al precio de los terrenos de Las Tablas once años antes.
Para compensar al Real Madrid, el Ayuntamiento acordó, entre otros compromisos, ceder varios solares de las zonas de Mercedes Arteaga/Jacinto Verdaguer en el madrileño barrio de Carabanchel. Estas propiedades se devolvieron meses después al Consistorio y a cambio de ello el Real Madrid recibió un pago de 6,5 millones y otro terreno frente al Santiago Bernabeú en el cual edificará un centro comercial y un hotel. Un proyecto que fue presentado el pasado enero por el presidente del Club, Florentino Pérez. [Vea las imágenes del proyecto]
Modificación del plan general
Esta ampliación se posibilitaba con una modificación puntual del plan general que propuso el Ayuntamiento de Madrid y aprobó definitivamente la Comunidad de Madrid en noviembre de 2012. Fue este acuerdo el que recurrió Ecologistas en Acción ante el Tribunal.
El TSJM apunta en su auto que no les corresponde determinar en este momento procesal «si la permuta constituye o no una ayuda estatal ilegal» pero añade que la inclusión de estos terrenos en el ámbito objeto de la modificación puntual del Plan General en los términos señalados son «elementos indiciarios suficientes para determinar una conexión directa entre la investigación llevada a cabo por la comisión y el objeto del presente recurso».
Con su auto, el TSJM quiere evitar «cautelarmente cualquier actuación que no solo pudiera hacer imposible la restitución de la posible ayuda sino también impidiendo que la ejecución del acto pudiera producir perjuicios que hicieran aún más gravosa la restitución como sería la demolición de lo construido al amparo de la Modificación si no se quiere evitar la consolidación de la supuesta ilegalidad habida cuenta que la ayuda se ha traducido en bienes inmuebles sobre los que se sustenta dicho acto de planeamiento».
Contra la resolución cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de los próximos 10 días, previa interposición y resolución de recurso de reposición ante la propia Sección del TSJM.
Fuente: Elmundo.es