El Alcalde de Baruta Gerardo Blyde condenó por inconstitucional la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que criminaliza las manifestaciones espontáneas y que otorga a los cuerpos de seguridad municipales “competencias compartidas” para el control del orden público.
“La sentencia es totalmente contradictoria a la Constitución”, aseguró Blyde. «Obligar a los ciudadanos a pedir permiso en sus alcaldías para protestar, no sólo es un contrasentido, sino es inconstitucional. Nos están obligando a denunciarlos ante el Ministerio Público, si no acatan la norma. Están criminalizando la protesta pacífica”, denunció el representante de la Asociación de Alcaldes por Venezuela.
El artículo 68 de la Constitución señala que los ciudadanos “tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley”, recordó el abogado constitucionalista, al analizar el pronunciamiento de la Sala Constitucional del máximo órgano judicial del país sobre el recurso de interpretación que interpuso el alcalde de Guacara (Carabobo), el oficialista Gerardo Sánchez, sobre el alcance del artículo 68 de la Carta Magna y otros articulados de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.
Asimismo anunció -en una rueda de prensa- que la Asociación de Alcaldes solicitará una reunión con los miembros de la Unasur para explicarles cómo el TSJ emite sentencias contra del pueblo venezolano al prohibir las protestas y contra líderes de oposición al encarcelar a sus alcaldes.
El Alcalde de Baruta también recordó que el artículo 43 de la Ley de Partidos Políticos señala que quienes quieran ejercer el derecho constitucional a la manifestación “deberán participarlo con veinticuatro horas de anticipación cuando menos”. En la interpretación del Tribunal se modifica el texto legal y la palabra “participación” cambia por “autorización”.
“Cuando se interpreta una Ley, en especial si se trata de una que limita derechos fundamentales, no le es dado al intérprete modificar palabras. Participar es un expresión de libertad, autorizar es una expresión de prohibición”, aseguró Blyde.
A juicio del Alcalde, este fallo “es una decisión absolutamente parcializada que pretende darle piso jurídico a los alcaldes del gobierno que no permiten ningún tipo manifestaciones dentro de sus municipios”. Y además, aseguró, constituye una usurpación de funciones, pues es la Asamblea Nacional la que tiene competencia para legislar, no los jueces del Tribunal Supremo.
Blyde recordó que el Caracazo –celebrado todos los años por el Gobierno como una manifestación espontánea – sería ilegal de acuerdo con esta medida. «Hoy vimos una protesta de gremios que puede ser percibida como un desacato. No podemos limitar el derecho a manifestar pues, por encima de un derecho humano, no hay sentencia que valga”, apuntó.
Por otra parte, dejó claro que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal no establece que las policías municipales deban actuar en unión con la Policía Nacional para controlar manifestaciones. “Los cuerpos de seguridad municipal sólo poseen dos funciones primordiales: control y prevención del delito”.
La máxima autoridad del municipio recordó que PoliBaruta no cuenta con los equipos adecuados para el control de las manifestaciones públicas. “Si bien podemos colaborar, en un segundo o tercer círculo, no somos nosotros los que podemos intervenir en las protestas, porque sería una gran desproporción en el uso de la fuerza hacerlo con armas de fuego, lo que además viola los derechos humanos”.
Blyde agregó que los alcaldes de la Unidad sostendrán una reunión el viernes 2 de Mayo en Barquisimeto, con el fin de definir sus próximas acciones.
NP
El Alcalde de Baruta Gerardo Blyde condenó por inconstitucional la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que criminaliza las manifestaciones espontáneas y que otorga a los cuerpos de seguridad municipales “competencias compartidas” para el control del orden público.
“La sentencia es totalmente contradictoria a la Constitución”, aseguró Blyde. «Obligar a los ciudadanos a pedir permiso en sus alcaldías para protestar, no sólo es un contrasentido, sino es inconstitucional. Nos están obligando a denunciarlos ante el Ministerio Público, si no acatan la norma. Están criminalizando la protesta pacífica”, denunció el representante de la Asociación de Alcaldes por Venezuela.
El artículo 68 de la Constitución señala que los ciudadanos “tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley”, recordó el abogado constitucionalista, al analizar el pronunciamiento de la Sala Constitucional del máximo órgano judicial del país sobre el recurso de interpretación que interpuso el alcalde de Guacara (Carabobo), el oficialista Gerardo Sánchez, sobre el alcance del artículo 68 de la Carta Magna y otros articulados de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.
Asimismo anunció -en una rueda de prensa- que la Asociación de Alcaldes solicitará una reunión con los miembros de la Unasur para explicarles cómo el TSJ emite sentencias contra del pueblo venezolano al prohibir las protestas y contra líderes de oposición al encarcelar a sus alcaldes.
El Alcalde de Baruta también recordó que el artículo 43 de la Ley de Partidos Políticos señala que quienes quieran ejercer el derecho constitucional a la manifestación “deberán participarlo con veinticuatro horas de anticipación cuando menos”. En la interpretación del Tribunal se modifica el texto legal y la palabra “participación” cambia por “autorización”.
“Cuando se interpreta una Ley, en especial si se trata de una que limita derechos fundamentales, no le es dado al intérprete modificar palabras. Participar es un expresión de libertad, autorizar es una expresión de prohibición”, aseguró Blyde.
A juicio del Alcalde, este fallo “es una decisión absolutamente parcializada que pretende darle piso jurídico a los alcaldes del gobierno que no permiten ningún tipo manifestaciones dentro de sus municipios”. Y además, aseguró, constituye una usurpación de funciones, pues es la Asamblea Nacional la que tiene competencia para legislar, no los jueces del Tribunal Supremo.
Blyde recordó que el Caracazo –celebrado todos los años por el Gobierno como una manifestación espontánea – sería ilegal de acuerdo con esta medida. «Hoy vimos una protesta de gremios que puede ser percibida como un desacato. No podemos limitar el derecho a manifestar pues, por encima de un derecho humano, no hay sentencia que valga”, apuntó.
Por otra parte, dejó claro que la Ley Orgánica del Poder Público Municipal no establece que las policías municipales deban actuar en unión con la Policía Nacional para controlar manifestaciones. “Los cuerpos de seguridad municipal sólo poseen dos funciones primordiales: control y prevención del delito”.
La máxima autoridad del municipio recordó que PoliBaruta no cuenta con los equipos adecuados para el control de las manifestaciones públicas. “Si bien podemos colaborar, en un segundo o tercer círculo, no somos nosotros los que podemos intervenir en las protestas, porque sería una gran desproporción en el uso de la fuerza hacerlo con armas de fuego, lo que además viola los derechos humanos”.
Blyde agregó que los alcaldes de la Unidad sostendrán una reunión el viernes 2 de Mayo en Barquisimeto, con el fin de definir sus próximas acciones.