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Derechos civiles y autonomía

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Derechos civiles y autonomía

 

 

Argentina debate la despenalización del aborto

 

 

 

Autonomía y capacidad de elección son dos atributos centrales en la esfera de derechos civiles. La legislación al respecto existe para eso, precisamente, para que los ciudadanos elijan si, cuándo y cómo ejercerlos. El derecho a la libertad de expresión, por ejemplo, supone el derecho a permanecer en silencio. La libertad de moverse dentro y fuera de un país implica elegir cuándo no hacerlo. Y la libertad de culto significa ser libre para elegir cuál religión practicar o no practicar religión alguna.

 

 

 

No es casual que toda autocracia suprima la libertad de expresión; que el comunismo restrinja la libertad de movimiento; y que las teocracias monopolicen e impongan la fe. Ello porque los derechos civiles son artefactos jurídicos y políticos que otorgan autonomía al subalterno, lo empoderan. Como tales son contingentes a un tiempo y un espacio, y a sus conflictos de poder.

 

 

 

Se trata, entonces, de construcciones artificiales, no de objetos provenientes de la naturaleza o del orden espontáneo. Pues, además, la autonomía y la libertad son propulsoras de cambio social, cambio que el statu quo con frecuencia rechaza por ver en dichos artefactos jurídicos una amenaza al orden natural de las cosas, justamente.

 

 

 

Tómese el ejemplo de la institución matrimonial. Pasar de definir el matrimonio como «el derecho de un hombre y una mujer a casarse» a «el derecho de dos personas a casarse» es fuente de controversias intensas y profundas, incluyendo aquella interpretación recurrente del matrimonio entre personas del mismo sexo como una amenaza que vulnera la naturaleza humana.

 

 

 

Supuestamente, pues ello siempre evoca un paralelo. En el Estado de Virginia en Estados Unidos, y hasta 1967, el matrimonio era definido como el derecho de un hombre y una mujer —¡de la misma raza!— a casarse. Enfatizo: el matrimonio interracial era ilegal, se veía como una amenaza similar. Esto a propósito de los derechos, su contingencia y los conflictos que ello supone, es decir, la subjetividad involucrada en estas cuestiones.

 

 

 

Y para entrar en tema, finalmente, Argentina y su debate sobre la despenalización del aborto. La agenda es la misma: la autonomía, de la mujer en este caso, y la libertad de elegir, la amenaza del cambio, la reacción del statu quo, la apelación a lo natural. Queda oculto, también detrás del velo de «lo natural», que legislar sobre el derecho de la mujer a interrumpir un embarazo significa darle libertad de elección, no la obligatoriedad de hacerlo.

 

 

 

Esto para quien el aborto signifique una vulneración de sus convicciones morales, éticas, o religiosas. Para dichas personas, siempre existe la opción de continuar con el embarazo. A veces la conversación es en dos idiomas diferentes, el de los derechos y la política social versus el de la religión. Es bueno que la fe esté sobre la mesa y que ello sea explícito, pues es parte inevitable de la conversación, pero el desacuerdo a veces crispa.

 

 

 

Además ensordece. En cuestiones de salud pública es mejor la ciencia que el dogma. Los expertos en el tema saben que el aborto se practica desde siempre, una suerte de método anticonceptivo «de facto». Y que sin una legislación pertinente seguirá ocurriendo como hasta ahora, en la clandestinidad y en condiciones sanitarias calamitosas. Si el debate es sobre la vida, no puede excluirse del mismo la vida de la mujer involucrada.

 

 

 

Quien además es pobre, señalan esos mismos expertos, ya que las mujeres de recursos también lo han practicado pero en condiciones médicas adecuadas. La hipocresía nunca ayuda. El dogma religioso y sus apelaciones a lo natural y al origen divino de la vida no puede convertirse en el racionalizador de una doble relación de desigualdad, la de ser mujer y pobre al mismo tiempo.

 

 

 

Argentina transita un camino virtuoso con este debate, pues legislar sobre el aborto es un instrumento de profundo cambio social. En una sociedad secular, imponer las convicciones religiosas a otro impide dicho cambio, consolida un orden conservador. Condenar a la mujer pobre a la heteronomía de no poder decidir es una doble forma de opresión, para ella y para la sociedad en su conjunto.

 

 

 

La autonomía de los ciudadanos es condición necesaria para el pluralismo de la sociedad, que a su vez es condición necesaria para un país democrático. Dicho camino virtuoso también es el de la democratización, es decir, el de expandir derechos, tarea permanente y nunca finalizada.

 

 

@hectorschamis

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