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Incrementan hasta 900% los impuestos en el municipio Libertador

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Incrementan hasta 900% los impuestos en el municipio Libertador

En segunda discusión los representantes de la bancada oficialista del Concejo Municipal de Libertador aprobaron la reforma parcial de cinco ordenanzas donde se incrementan desde 25% hasta 900% los impuestos sobre inmuebles urbanos, diversiones y espectáculos públicos, actividades económicas de industria, comercios, servicios o de índole similar, propaganda y publicidad comercial, y los que regulan la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas, informó la concejal Aixa López.

 

 

La sesión «permanente y de emergencia legislativa» fue realizada la tarde del viernes en la Cámara Municipal de Libertador, ubicada frente a la plaza Bolívar del Centro, con el voto salvado de la bancada opositora, explicó López.

 

 

La concejal de Libertador precisó que la Cámara de Libertador está integrada por ocho concejales oficialistas y cinco de la oposición. «En cada una de las ordenanzas le otorgan un poder discrecional al alcalde de Libertador Jorge Rodríguez. Todas las ordenanzas tienen que pasar por la Cámara Municipal, única institución que puede aprobarlas».

 

 

López indicó que en la reformada Ordenanza Sobre Inmuebles Urbanos modifican el monto del impuesto anual para este rubro, el cual se determina de acuerdo a su valor fiscal. «En el caso de inmuebles destinados a viviendas se pagaba 0,35%. Este porcentaje solo se mantienen para vivienda principal, pero en el caso de vivienda secundaria se pagará 0,50%. Las oficinas, cuyos dueños antes pagaban 0,40%, deberán cancelar a 0,50%.  El pago por tener un comercio aumentó de 0,60% a 0,80%, y los estacionamientos, talleres y depósitos pasaron de 0,60 % a 1.40%».

 

 

La semana pasada la concejal Metropolitana, Adriana Aguilera, rechazó la medida por considerar que es un duro golpe al bolsillo de los vecinos y comerciantes del municipio Libertador.

 

 

Mientras que la concejal López señaló que estos incrementos desproporcionados no fueron consultados a todos los sectores que hacen vida en el municipio Libertador. «Es la sesión dejamos claro nuestro rechazo a más pagos de impuestos en un país en crisis económica. Pedimos conteo de asistentes y luego nos retiramos de la sesión tras salvar los votos con los concejales Kadary Rondón, Guillermo Miguelena y Fernando Albán», destacó.

 

 

En la reforma parcial de la Ordenanza de Impuestos sobre Inmuebles Urbanos se incorporó un capítulo referente a las solvencias (artículo 43) que indica que la expedición del «Certificado de Solvencia del Impuesto sobre Inmuebles Urbanos» causará una tasa equivalente a tres unidades tributarias (3 U.T.)

 

 

La bancada oficialista manifestó que en la reforma parcial de la Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios, o de Índole Similar, publicada en Gaceta Municipal N° 3474-8 el 6 de diciembre de 2011, se incrementó el pago por trámite, modificación o renovación de esta licencia de  5 U.T a 10 U.T. (100%). En febrero de 2016 el Ejecutivo aumentó la Unidad Tributaria de Bs 150 a Bs 177.

 

 

En su artículo 46 se deja claro que: «El Alcalde o Alcaldesa, podrá previo a estudios económicos y sociales llevados a cabo por los diferentes entes competentes u órganos que forman parte de la Administración Municipal dictar mediante ordenanza la modificación de las proporciones, porcentajes, alícuotas o cantidades expresadas en unidades tributarias (U.T.) establecidas en la presente Ordenanza».

 

 

En este documento se agregaron cuatro nuevos rubros sobre actividades económicas que pagarán impuestos. Se trata de restaurantes internacionales que incluyen franquicias sin expendio de bebidas alcohólicas, restaurantes internacionales con expendio de cervezas y vinos, bar restaurante internacional: tasca que incluye pool o billar, y venta ambulante de comidas rápidas (perro caliente, pepitos, hamburguesas, cachapas, entre otros).

 

 

La reforma de la Ordenanza de Impuesto sobre Propaganda y Publicidad Comercial, publicada en Gaceta Municipal N° 2905-2 en fecha 13 de julio  de 2007, tiene incrementos de 200% hasta 700% , según consta en los artículos 7, 32, 35, 36, 38,39, 41 y 42.

 

 

«Artículo 41: Los folletos y demás publicaciones ocasionales, que tienen uso propio, distinto al mensaje comercial que transmiten, tales como: Almanaques, Guías, Agendas, y similares, bien sea de distribución gratuita u onerosa, por cada Un Mil (1.000) ejemplares o fracción, pagarán un impuesto de Cero coma cinco Unidades Tributarias (0,5 U.T.). Ahora quedó de la siguiente forma: Artículo 42: Los folletos y demás publicaciones ocasionales, que tienen uso propio, distinto al mensaje comercial que transmiten, tales como: Almanaques, Guías, Agendas, y similares, bien sea de distribución gratuita u onerosa, por cada Un Mil (1.000) ejemplares o fracción, pagan un impuesto de Cuatro Unidades Tributarias (4 U.T.)». Eso significa un alza de 700%.

 

 

En la reforma parcial de la Ordenanza de Impuesto sobre Diversiones y Espectáculos Públicos, publicada en la Gaceta Municipal 3081-4 el 19 de npviembre de 2008 hay incremento de 900%, según se establece en el artículo 5.

 

 

Y en la reforma parcial de la Ordenanza que Regula la Autorización para el Expendio de Bebidas Alcohólicas, publicada en Gaceta Municipal N° 3467 en fecha 15 de noviembre de 2011, el alza en los pagos por este rubro superan el 100%.

 

 

«La renovación o trámite de la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas aumentó de 24 U.T a 50 U.T. (artículos 41 y 42)», agregó López.

 

 

El Universal

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