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Grupo Idea: Declaración sobre Bolivia

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Grupo Idea: Declaración sobre Bolivia

 

 

Los ex jefes de Estado y de Gobierno firmantes de las declaraciones de Iniciativa Democrática de España y las Américas (IDEA), a propósito de la ruptura del orden constitucional y democrático en Bolivia:

 

 

Considerando:

 

 

 

a)    Que la Constitución del Estado Plurinacional de Bolivia, aprobada mediante referéndum constitucional del 25 de enero de 2009 con una participación del 90,14% de los votantes, establece, en su artículo 168, la reelección del Presidente o del Vicepresidente de la República “por una sola vez de manera continua”.

 

 

 

b)    Que habiéndose sometido a referéndum constitucional la eventual reforma de la norma constitucional que impide la reelección continua del Presidente de la República el 21 de febrero de 2016, fue negada mediante el sufragio de la mayoría de los bolivianos, habiendo participado el 84,45% de los sufragantes.

 

 

 

c)     Que a través de una mutación constitucional, violatoria y en fraude de la Constitución, desconociéndose a la soberanía popular, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia declara, el 28 de noviembre de 2017, que la reelección continua del Presidente de la República es un derecho humano, que como tal priva sobre la norma constitucional que la impide; a cuyo efecto obvia la jurisprudencia de la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos, a cuyo tenor: “La previsión y aplicación de requisitos para ejercitar los derechos políticos no constituyen, per se, una restricción indebida a los derechos políticos. Esos derechos no son absolutos y pueden estar sujetos a limitaciones. Su reglamentación debe observar los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en una sociedad democrática”.

 

 

 

d)    Que la Comisión de Venecia, a instancias del Secretario General de la Organización de Estados Americanos, en su Informe adoptado los días 16 y 17 de marzo de 2018 concluye que “los límites a la reelección tienen como objetivo preservar la democracia y proteger el derecho humano a la participación política […] son una restricción autoimpuesta al poder del pueblo de elegir libremente a un representante con el objetivo de mantener un sistema democrático”.

 

 

 

e)    Que la Carta Democrática Interamericana dispone en su artículo 3 que es elemento esencial de la democracia “el acceso al poder y su ejercicio conforme al estado de derecho”, lo que, en el caso del ejercicio continuo de la Presidencia de Bolivia se vería vulnerado.

 

 

 

f)     Que no obstante todo ello, el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia ha anunciado este 5 de diciembre pasado la habilitación de Evo Morales, actual Presidente de la República, para que participe en una cuarta reelección.

 

 

 

Declaran:

 

 

 

Instamos, respetuosamente, a los gobiernos de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos y de la Unión Europea, a mantenerse vigilantes y disponer las medidas preventivas y efectivas necesarias y apropiadas a la ruptura del orden constitucional y democrático ocurrido en Bolivia bajo la presidencia de Evo Morales.

 

 

8 de diciembre de 2018

 

 

 

Óscar Arias, Costa Rica

 

José María Aznar, España

 

Enrique Bolaños G., Nicaragua

 

Rafael Ángel Calderón, Costa Rica

 

Alfredo Cristiani, El Salvador

 

Fernando de la Rúa, Argentina

 

Vicente Fox, México

 

César Gaviria T., Colombia

 

Felipe González, España

 

Osvaldo Hurtado L., Ecuador

 

Luis Alberto Lacalle, Uruguay

 

Jamil Mahuad, Ecuador

 

Mireya Moscoso, Panamá

 

 

Gustavo Noboa Bejarano, Ecuador

 

 

Andrés Pastrana A., Colombia

 

 

Jorge Tuto Quiroga, Bolivia

 

 

Miguel Ángel Rodríguez, Costa Rica

 

 

Julio María Sanguinetti, Uruguay

 

 

Álvaro Uribe Vélez, Colombia

 

 

 

Juan Carlos Wasmosy, Paraguay

 

 

 

Es auténtica:

 

Asdrúbal Aguiar

Secretario General de IDEA / www.idea-democratica.org

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