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Defensa pidió liberar a jóvenes que siguen detenidos por los campamentos

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Defensa pidió liberar a jóvenes que siguen detenidos por los campamentos

La excarcelación de los estudiantes Sairam Rivas, Manuel Cotiz y Christian Gil solicitó su defensa a horas de que el juez 2 de Control de Caracas, Néstor Herrera, celebre, por segunda vez, la audiencia preliminar en la cual deberá decidir si los enjuicia por su participación en el campamento instalado en la plaza Alfredo Sadel de Caracas para protestar contra el Gobierno.

 

La petición la formuló el abogado Carlos Daniel Moreno, quien en rueda de prensa hoy afirmó que esta medida es la coherente en virtud del sobreseimiento que la semana pasada solicitó el Ministerio Público contra 48 personas que fueron detenidas en dicha plaza por dichos hechos.

 

«La defensa aplaude y reconoce que el Ministerio Público haya tenido una óptica acertada porque para nosotros nunca hubo delitos, fue una operación militar llevada a cabo a las 2 de la madrugada», dijo el penalista, quien agregó: «En días pasados se llevó a cabo la audiencia preliminar, se anuló la acusación fiscal porque no reunía los requisitos esenciales para que se procediera, pero se le fijó al Ministerio Público un plazo de 9 días para que presentara un nuevo acto conclusivo. El Ministerio Público presentó una nueva acusación, que en opinión de la defensa sigue sin reunir los requisitos esenciales. La acusación sigue presentando los mismos defectos de forma que fueron objeto de la primera nulidad».

 

Moreno criticó que en esta nueva oportunidad los fiscales instan en acusar a los jóvenes de delitos como instigación para delinquir, inicitación y agavillamiento. ¿La razón? «No se describe cuál fue la conducta criminal o el hecho por el cual se somete a la persecución penal a estos jóvenes. Los elementos que fundamentan las imputaciones no guardan relación con las calificaciones jurídicas que contiene el escrito, los delitos por los cuales se acusa, al no encontrar eco ni en los fundamentos ni en la descripción de la conducta, son inaplicables, por lo que no dudamos en calificar que estas calificaciones son producto de una errónea interpretación de la normativa penal vigente».

 

 

Fuente: EU

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