Conozca la «Lista de Nacional de Medicamentos Esenciales» para las farmacias del Estado
abril 23, 2014 12:42 pm

Por medio de una resolución del Ministerio para la Salud, publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.396 que circula este miércoles, se estableció la «Lista Nacional de Medicamentos Esenciales (LBNME)»; la cual será de «obligatorio cumplimiento» para el Sistema Público Nacional.

 

El texto indica que el expendio de los medicamentos sin prescripción facultativa solo se hará en aquellos establecimientos farmacéuticos autorizados por el Ministerio para la salud.

 

Asimismo, señala que los establecimientos del Sistema Público Nacional de Salud deberán adquirir solo los medicamentos incluidos en la «Lista Básica Nacional de Medicamentos Esenciales», «cualquier adquisición de un medicamento no incluido deberá solicitarse por escrito al Despacho de la Viceministra o Viceministro de Hospitales, anexando la justificación correspondiente».

 

Estos son algunos de los medicamentos que podrán ser vendidos en las farmacias del Estado: Omeprazol, Sucrafalto, Ranitidina, Atropina, Metoclopramida, Glicerol, Insulina de acción rápida e intermedia, Melformina,
 Vitamina C, Glucosa, Sulfato de Magnesio, Soluciones para diálisis peritoneal, hemodiálisis, Amiodarona, Bisoprolol, Dopamina, Lidocaína, Etanol, Peróxido de Benzoilo, Hidrocortizona, Pradnisolona, Doxicidina y Gentamicina, entre otras

 

La resolución entró en vigencia este martes 22 de abril.

 

GV