Brewer Carìas: “La elección sectorial es discriminatoria”
mayo 28, 2017 6:36 am

 

Allan Brewer Carías: “El país no quiere que al pueblo se le robe su potestad de convocar la Constituyente”

 

 

“Todo lo que le quite al pueblo la posibilidad de convocar la Constituyente con cualquier excusa es violación de la Constitución”

 

 

“Convocar una Constituyente por los motivos que adujo el presidente Nicolás Maduro no tiene ningún sentido en Venezuela”. Allan Brewer Carías (1939, Caracas), uno de los 131 integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) que en 1999 se encargó de redactar la Constitución vigente, es claro al afirmar que con la iniciativa presidencial no se va a cambiar la política económica y tampoco se van a resolver los “problemas gravísimos” de orden social que padece el país. “No se va a resolver ningún problema de atención médica hospitalaria, ni de alimentación de una población que está muriéndose de hambre. Nada de eso lo puede resolver una Asamblea Constituyente”, afirma tajante el  abogado y doctor en derecho por la Universidad Central de Venezuela, que fue merecedor del premio Nacional de Ciencias (1981) y ha sido profesor adjunto en las universidades de Cambridge (Inglaterra), París II y de Columbia (Nueva York).

 

 

 

“Desde el punto de vista político, convocar hoy una Asamblea Constituyente es un soberano disparate. No va a resolver nada de los que está agobiando al país”, reitera Brewer Carías vía telefónica desde Nueva York, donde reside actualmente tras doce años de exilio.

 

 

Al ahondar sobre el experimento de hacer una carta magna “comunal”, como la ha catalogado el presidente Maduro, Brewer le coloca un etiqueta: “totalmente inconstitucional”. “La Constitución, aprobada por la Asamblea Constituyente de la cual el presidente Maduro fue miembro, igual que lo fue el señor Elías Jaua (presidente de la Comisión para la ANC) , establece expresamente que no se puede convocar una Constituyente sino por el pueblo. El pueblo es el único depositario de la soberanía nacional y del poder constituyente originario y la única forma en la que el pueblo puede expresarse es a través del sufragio, y en este caso a través de un referendo, de manera que sea la voluntad popular la que convoque a la Constituyente.

 

 

Pero la interpretación que hace el Gobierno es diferente

 

 

— Una cosa es la convocatoria que hace el pueblo y otra cosa es la iniciativa para que el pueblo convoque. Esa iniciativa la tiene 15 % de la población, como iniciativa popular, la puede tener el presidente, la puede tener la Asamblea Nacional con un voto calificado y la puede tener las dos terceras partes de los consejos municipales. Pero esa es la iniciativa para que luego el pueblo se manifieste a través de un referendo. Ese es el sentido y eso fue redactado así.

 

 

Los voceros del Ejecutivo insisten en que para ellos está muy claro que el presidente de la República tiene esa potestad de convocar la Constituyente. ¿Cómo se puede desmontar eso jurídicamente?

 

 

— Con el artículo 357 que dice: “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente”. Nadie puede sustituir al pueblo. No pueden los consejos municipales sustituir al pueblo, no puede el 15 % de la población electoral sustituir al pueblo, no lo puede hacer la Asamblea Nacional y tampoco el presidente. Es absolutamente prístina la Constitución. Todo lo que le quite al pueblo la posibilidad de convocar la Constituyente con cualquier excusa es violación de la Constitución. Con razón se ha dicho que esto es un fraude a la Constitución. Eso es inadmisible y creo que no lo discute nadie. No lo discute ninguno de los constitucionalistas que participaron en el proceso de 1999. Por eso es la reacción general del país. El país no quiere que al pueblo se le robe su potestad de convocar la Constituyente, y es algo absolutamente lógico; transformar el Estado en su totalidad no puede quedar en mano de una persona, ni siquiera en manos de un grupo de personas. Ahora, si lo que quieren es quitarle al pueblo su potestad de decidir, eso es lo que hace una dictadura, pero eso no es una vía democrática ni constitucional.

 

 

¿Lo mismo ocurre con las bases comiciales?

 

 

— Claro. El pueblo es el que tiene que decir si con unas bases comiciales quieren convertir esto en una monarquía, pero no lo puede decidir una persona. Justamente por eso se trata de transformar el Estado radicalmente, crear un nuevo ordenamiento jurídico y dictar una nueva constitución: es un cambio de raíz y tiene que ser el pueblo el que lo apruebe. No puede ser una persona que vaya a someter en una Asamblea que se cambie toda la República, que se elimine la democracia representativa y se sustituye por una elección vía mano alzada por gente del partido de Gobierno. Eso no lo puede decidir una persona, es la potestad del pueblo. Se le está robando la posibilidad al pueblo de decidir su destino.

 

 

A pesar de cualquier crítica, la posición oficial es que la Constituyente va

 

 

— Esa es una posición que muestra el talante dictatorial del régimen que no quiere ni seguir lo que dice la Constitución, ni respetar la voluntad popular.

 

 

¿La Carta Magna que se derive de una Constituyente debe ser aprobada en referendo?

— Eso es lo que ha dicho inclusive el constituyente Hermán Escarrá, que tiene que haber una aprobación posterior.

¿Durante los debates en el marco de la Asamblea Nacional Constituyente hubo desacuerdo especial en torno a este punto?

— No. De ese capítulo no hubo discusión alguna. Todo el mundo aceptó que eso era justamente lo que se tenía en el espíritu de la Constitución: que no podía haber ninguna manera de revisarla —ni enmienda, ni reforma, ni Asamblea Constituyente— sin que hubiera una consulta popular. El pueblo tiene que intervenir en todas esas vías a través de un referendo. Ese fue el espíritu que privó en la redacción de esos tres artículos.

Pero el oficialismo asegura que en 1999 se hizo la consulta popular, porque la Constituyente no estaba prevista en la Constitución de 1961. Argumentan que como en el texto vigente sí está previsto, no hace falta el referendo

 

 

— Nada de eso. Justamente el espíritu de 1999 fue el que se incorporó en la Constitución: consultar al pueblo las bases comiciales como se hizo ese año y ese fue el espíritu que se escogió para la figura de la Asamblea Constituyente en la nueva Constitución. No se puede argumentar que lo que antes se hizo, fue de una forma y ahora no. Justamente porque se hizo en esa forma, ese espíritu fue el que se recogió y se exige, por tanto, que sea voto popular el que apruebe las bases comiciales y que sea la manifestación del pueblo la que, por esa vía, convoque a la Constituyente para que haga lo que el pueblo diga en esas bases comiciales, pero eso no debe quedar en manos de una sola persona.

 

 

¿Qué sería lo correcto? ¿Qué debería hacer el Consejo Nacional Electoral?

 

 

 

— Si hay unas bases comiciales el CNE tendría que someterlas a referendo para que el pueblo las apruebe, sino es absolutamente anticonstitucional.

 

 

ELECCIÓN SECTORIAL
¿Se puede sectorizar la elección de los constituyentistas, como ha propuesto el presidente Maduro?
— Eso es totalmente inconstitucional. Mientras esa Constituyente se convoque por el pueblo, sus bases comiciales tienen que estar de acuerdo a la Constitución actual, que está vigente. Y en la Constitución se establece que la única manera en la que puede haber democracia de forma directa es a través de referendo o indirecta a través de elección por sufragio universal, directo y secreto. Esa elección universal, directa y secreta no se puede sustituir por una elección sectorial. La elección sectorial es discriminatoria y contraria a la Constitución. En el Colegio Nacional de Periodistas puede haber una elección sectorial, donde solo los periodistas votan, pero eso no es el Estado. En cualquier órgano del Estado, que es del pueblo, tiene que haber una elección directa, sino es inconstitucional.

 

 

¿Qué puede hacer el pueblo venezolano si el Tribunal Supremo de Justicia y el CNE dan luz verde a la pretensión de Maduro?

 

 

— Hacer lo que está haciendo: rebelarse, protestar. No puede hacer otra cosa. Todo el mundo protestar, llamar la atención de que esto es inconstitucional. Cada quien debe, donde está, exigir que se respete la Constitución. El pueblo si decide salir a la calle, a la calle. Usted como periodista o alguien como jurista, todos, en cada una desde sus posiciones, deben exigir que se cumpla la Constitución.

 

 

¿Sería correcto políticamente para la oposición abstenerse de participar en esta Constituyente?

 

 

— Ya veremos. Futurología no hagamos.

 

 

¿Cuál es la dimensión de este “fraude a la Constitución” como usted lo ha calificado?

 

 

— Es un golpe de Estado. Una Constitución es la norma suprema. Cualquier cosa que signifique romper la Constitución, desconocerla, es golpe de Estado y eso es en definitiva lo que está sucediendo. Están violando la voluntad popular, violando la propia Constitución y se está cometiendo un fraude a la voluntad popular porque ya le pueblo se pronunció en 2007 en contra de la reforma constitucional para crear un Estado comunal. En 2007 hubo un referendo, el pueblo se manifestó y rechazó esa reforma. ¿Cómo se pretende ahora meter esa reforma por la vía de una Constituyente? Por todas partes por donde se mire esto es absolutamente en contra de la Constitución.

 

 

La fiscal general, Luisa Ortega Díaz, aseguró el pasado 31 de marzo que con las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del TSJ se había roto el orden constitucional…

 

 

— Lo que hay es un golpe continuado. Hay varias manifestaciones del golpe continuado que ha existido en el país. La muestra más evidente son las más de cuarenta sentencias del Tribunal Supremo contra la Asamblea Nacional, prácticamente eliminándola. Esas son manifestaciones adicionales de este golpe de Estado continuado.

 

 

La fiscal debería de inmediato intervenir en todos los casos donde hay civiles a las órdenes de tribunales militares, oponerse a esto y exigir que sean juzgados por tribunales civiles, que todos los fiscales del país hagan esto. La Fiscalía debería perseguir a todos aquellos militares que han asesinado a manifestantes. No basta con declarar ni decir que es lamentable que hayan matado a alguien, cuando es más que evidente que se ha asesinado a mansalva a personas inocentes con armas de fuego. Eso ya debería ameritar que haya una acusación, no simplemente decir que haya muerto fulano. Los órganos de protección de los derechos, que son la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía, deberían ya tomar acciones de carácter judicial en contra de quienes hayan cometido estos delitos.

 

 

¿Qué acciones puede ejercer la fiscal general?

 

 

— Debería iniciar un juicio contra los que han roto el hilo constitucional. Si hubo una ruptura de la Constitución, ella sabe muy bien cómo realizar este procedimiento penal. Debería ya abrir una investigación penal contra los que hayan roto el orden constitucional, porque eso es un delito. Es delito de rebelión cuando se rompe el orden constitucional. Si lo ha dicho públicamente, debe concretarlo a nivel de una imputación penal.

 

 

¿Qué debería hacer la Asamblea Nacional ante esta coyuntura?

 

 

— La Asamblea creo que ha tomado todas las medidas a su alcance, están todos los acuerdos que han adoptado. Creo que el pueblo tiene que reconocerle a la Asamblea que, a pesar del esfuerzo por parte de los otros poderes del Estado de aniquilarla, la Asamblea ha seguido conduciendo la opinión pública y la opinión política, que es lo que le corresponde hacer en el sentido de salvaguardar la Constitución.

 
“El juicio militar es exclusivo para delitos militares cometidos por militares”

 
Algunos manifestantes civiles han sido arrestados y puesto a las órdenes de tribunales militares y sus casos los conocen fiscales militares. ¿Cuál es su opinión?

 

 

 

— Mi opinión es la misma opinión del señor Tarek William Saab y del señor Vladimir Villegas que fueron los únicos que hablaron en la Constituyente de 1999 y fueron los que propusieron el principio que está en la Constitución de que no pueden ser civiles juzgados por tribunales militares. Ese es el refugio central y ese refugio hay que respetarlo. Cualquier decisión que se tome, como las que están tomando, de emplear a tribunales militares para juzgar a civiles porque están manifestando, en cuanto que la manifestación no es un delito, ni siquiera un delito común, eso es totalmente inconstitucional. Hay que pedirle al señor Tarek William Saab que cumpla lo que él mismo propuso en la Constitución y que se asegure, como defensor del Pueblo, que no haya ningún civil arrestado y sometido a juicio militar. El juicio militar es exclusivo para delitos militares cometidos por militares. Es lo que dice expresamente la Constitución.

 

 

Pero están acusando a algunos civiles de “atacar al centinela”, previsto en el Código Orgánico de Justicia Militar

 

 

— Basta con leer la Constitución. Sabemos todos, incluso los que no son abogados, que la Constitución es la norma suprema y priva sobre todas las otras normas.
En mi propia defensa
En el año 2005 el Ministerio Público acusó a Allan Brewer Carías de “conspiración para cambiar violentamente la Constitución”. El chavismo ha responsabilizado al académico de ser el autor del “decreto Carmona”, texto que en abril de 2002 derogó de facto a los poderes públicos y proclamó a Pedro Carmona Estanga como presidente de la República tras el momentáneo derrocamiento de Hugo Chávez Frías. “Eso es obra de un chisme periodístico que ha servido para perseguirme. Es un invento que puede dar para una entrevista completa”, refiere el especialista en derecho constitucional que en efecto publicó el libro “En mi propia defensa” (Editorial Jurídica Venezolana, 2006) en donde a lo largo de 606 páginas muestra sus alegatos jurídicos en contra de lo que califica como una “injusta acusación”.

 

 

 

Sobre el decreto de marras, Brewer siempre ha negado ser el autor y ha afirmado que incluso se opuso a su contenido cuando fue consultado al respecto. “Manifesté una opinión contraria a lo que contenía, particularmente en cuanto a la inconstitucional decisión de disolución de los poderes públicos constituidos que se pretendía, lo cual violaba además los postulados de la Carta Democrática Interamericana”, se lee a modo de nota introducción del libro que es uno de los más de 170 textos jurídicos publicados por el abogado caraqueño a lo largo de cinco décadas de carrera.

 

 

La Razòn.net

Pablo López Hurtado